Abre CNDH nuevo capítulo en tema del Acueducto Independencia
14 agosto 201214 de agosto de 2012
Fuente: Termómetro en Línea
Los grupos de Cajeme que se oponen con determinación y entusiasmo a la construcción del acueducto Independencia, tienen en sus manos un nuevo elemento que les permitirá más con argumentos mediáticos que jurídicos, mantener en la agenda el discurso del desacato de Guillermo Padrés en la resolución de la juez octava de distrito.
Desde el jueves 09 de este mes, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió la recomendación 37/2012, en donde realiza un exhaustivo análisis en torno a una denuncia presentada por los integrantes del movimiento por el agua, en donde resaltan el incumplimiento de funcionarios del gobierno del Estado de una orden dictada por la juez octava de distrito en torno a la licitación de la obra.
La resolución de la institución garante de los derechos humanos en el País va dirigida tanto al Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que se resuelvan sobre todo fallas de atención a los grupos quejosos involucrados en el conflicto como al gobernador del Estado Guillermo Padrés Elías.
En ese sentido, de acuerdo a asesores jurídicos consultados sobre el tema, la resolución de la CNDH acepta la queja de quienes interpusieron la denuncia, pero es ciertamente “genérica” en cuanto al señalamiento de los involucrados.
La recomendación establece que: “Dada las condiciones y la problemática que prevalecen en el estado de Sonora, en la que permanentemente hay diversas expresiones de la sociedad relacionadas con el tema del abastecimiento, suministro y acceso al agua, en especial, aquéllas relativas al proyecto denominado “Acueducto Independencia”, gire sus instrucciones a quien corresponda, a fin de que se implementen los mecanismos eficaces para que el agua se trate como un bien social y cultural, y no fundamentalmente como un bien económico, privilegiando en todo momento el diálogo y el respeto a los derechos humanos, para que este derecho pueda ser ejercido por las generaciones actuales y futuras, remitiendo a este organismo nacional las pruebas de cumplimiento respectivas”.
En el apartado cuarto de la recomendación emitida al gobernador del Estado, se dice en el documento: “Ordenar a quien corresponda, que los servidores públicos de esa entidad federativa, acaten a cabalidad los mandamientos judiciales que se les impongan, especialmente los adscritos al “Fondo de Operación de Obras Sonora Sí”, respecto de la suspensión provisional de las obras relacionadas con la licitación y desarrollo del proyecto denominado “Acueducto Independencia”, emitida por el juez Octavo de Distrito con residencia en Ciudad Obregón, Sonora, en tanto se resuelve sobre su definitividad, tomando las medidas necesarias para que observen y garanticen los derechos de los habitantes de esa entidad federativa y se abstengan de realizar conductas que obstaculicen su pleno ejercicio, enviando a esta Comisión Nacional las constancias con que se acredite su cumplimiento”.
De esta manera, al gobernador se le gira la instrucción de que a su vez “ordene” a quien corresponda… y no directamente al ejecutivo que se abstenga de continuar con la obra.
De acuerdo a los juristas consultados por esta Arena Política, la recomendación de la CNDH no es vinculatoria, es decir y como todos lo saben, no existen repercusiones jurídicas por lo que cualquier persona involucrada en una recomendación de esa institución de los derechos humanos puede o no atenderla.
“El gobernador puede o no aceptar y atender la recomendación de la CNDH, pero aunque no tenga una sanción jurídica en su contra por no hacerlo, si llevará sobre su espalda señalamientos morales, mediáticos y públicos por no hacerlo, lo que le restará capacidad de maniobra en materia de credibilidad, para actos futuros”, agrega nuestro amigo jurista experto en temas públicos.
Sin embargo, aclara que de igual manera, el mandatario sonorense puede emitir el ordenamiento a sus subordinados relacionados con el tema del acueducto independencia y el Plan Sonora Sí, y con ello dar por atendida la recomendación de la CNDH sin cargas adicionales por no hacerlo.
Sobre todas las cosas, y más allá de las acciones y actitudes que adopten para beneficio del grupo de Cajeme, esta recomendación de la CNDH no prueba jurídicamente nada, y es probable que las condiciones en este sentido se mantengan hasta que la responsable de resolver el fondo del asunto, la jueza octava de distrito María Teresa Alcántara emita el fallo defintiivo.
O que por su parte, en atención al exhorto de la cámara baja, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ejerza, si así lo considera, su facultad de atracción sobre un tema en donde se vulneran los derechos individuales, “pero si eso sucede, la verdad de las cosas es que este asunto seguirá en los tribunales unos cinco años más, pues en la SCJN existe una carga infinita de casos en espera de ser resueltos, y el tema del acueducto independencia se sumaría a ese abultado archivo de la máxima instancia judicial en el País”, aclara nuestro amigo experto jurista.
Por lo pronto, habrá de esperar por un lado la reacción pública del grupo del movimiento por el agua de Cajeme y de cómo aprovecharán mediáticamente el resolutivo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y del gobierno del Estado en cuanto llegue la notificación de esa instancia defensora de los derechos humanos.