¿Por qué no queremos esa Ley General de Aguas? (2)
17 marzo 2015Sin duda es urgente legislar en materia de agua y saneamiento y la discusión y aprobación de esta Ley debería ser una oportunidad para revertir el modelo de gestión del agua, a todas luces caduco y perjudicial, que se ha llevado en el país por años. Se requiere una gestión diferente que permita la participación significativa de la ciudadanía, promueva la sustentabilidad y garantice el derecho humano al agua y al saneamiento. Sin embargo, esta Ley propuesta no persigue estos objetivos, en realidad justifica una agenda que busca beneficiar a empresas constructoras de infraestructura hidráulica para facilitar sus inversiones en el sector.
La Ley dictaminada está plagada de serias deficiencias. Por ejemplo, resulta evidente, en el artículo 10 que contiene las definiciones, que quienes redactaron la Ley decidieron ignorar el contenido de la Observación General No. 15 de las Naciones Unidas la cual es el estándar internacional que detalla el derecho humano al agua. La Ley tiene errores desde limitar el derecho a los asentamientos humanos legalmente constituidos, pasando por definir equivocadamente la asequibilidad (en términos simples que el costo económico no limite el acceso de nadie) hasta confundir la definición de derecho al saneamiento con la definición de calidad del agua. Estos errores no son por falta de conocimiento, denotan dolo para evitar imponer a las instituciones el marco necesario que obligue al cumplimiento del derecho humano al agua.

