Busca Veracruz retener fondos por derecho de aguas

04 mayo 2015

El 9 de diciembre de 2013, en el Diario Oficial de la Federación se publicó el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal y de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, donde se contempla dicha afectación con los fines mencionados.

 

Bajo esta reforma se avala el Ejecutivo del estado para proponer que el ayuntamiento que no pague su derecho de aprovechamiento de aguas, se le cobre en cuanto Sefiplan reciba el dinero que por concepto de participaciones federales recibe para entregar a los ayuntamientos. La Iniciativa con Proyecto de Decreto es analizada en la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, para su estudio y dictaminación.

Es así, que los municipios veracruzanos podrían utilizar los ingresos que les correspondan del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FortamunDF) como garantía de pago de derechos y aprovechamiento de agua y descarga de aguas residuales, de aprobarse una Iniciativa con Proyecto de Decreto enviada por el Ejecutivo estatal.

En caso de incumplimiento de estas obligaciones, el Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan), retendría dichos ingresos, conforme al procedimiento que se establezca en el convenio con la Comisión Nacional del Agua (Conagua).
Las Reglas de Operación señalan que, para que los municipios gocen de los beneficios señalados, deberán registrarse a más tardar dentro del plazo de un año, a partir de la publicación de dichas reglas en el Padrón Único de Usuarios y Contribuyentes de la Conagua.

Los municipios deberán presentar la solicitud de incorporación al programa de regularización y registro de los municipios en el referido Padrón, acompañando dicha solicitud del consentimiento expreso de los municipios para que se aplique el convenio y se realice la retención de los recursos del FortamunDF, en caso de incumplimiento del pago respectivo.
De acuerdo con el Artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal, los recursos de dicho fondo que transfiera la Federación a los municipios se destinarán a la satisfacción de sus requerimientos, priorizando el cumplimiento de sus obligaciones financieras, el pago de derechos y aprovechamientos por concepto de agua y descargas de aguas residuales.
Se contempla también la modernización de los sistemas de recaudación locales, mantenimiento de infraestructura y la atención de las necesidades directamente vinculadas con la seguridad pública de sus habitantes.


03 de mayo de 2015
Fuente: Imagen del Golfo
Nota de Rosalinda Morales

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