Cerrarán llave a quien se atrase 2 o más bimestres

30 mayo 2014

En el artículo 98, propone que cuando se dejen de pagar dos o más periodos consecutivos o alternados, el Sacmex podrá suspender y/o restringir el servicio a usuarios no domésticos y domésticos hasta que se efectúe el pago de las tarifas y accesorios legales que se hayan generado por la omisión del pago, así como las tarifas y accesorios que correspondan a la reinstalación del suministro, aunque para el caso de los usuarios domésticos propone que se asegurará que cuenten con el líquido para sus necesidades básicas.

El artículo 39 propone que el aprovechamiento del agua para consumo humano o actividades productivas deberá realizarse con mecanismos de optimización, procurando obtener los mayores beneficios humanos antes de verterla al sistema de drenaje, y en lo posible reusar el agua de uso doméstico.


30 de mayo de 2014
Fuente: La Jornada
Nota de Bertha Teresa Ramírez
 
Periódico
Viernes p. 35
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