Desecha SCJN controversia por acueducto Independencia
26 junio 2014Por unanimidad, la Primera Sala de la Corte desechó la controversia, pues ninguna de las autoridades del Poder Ejecutivo federal señaladas por el Municipio ha realizado acto administrativo alguno que implique la paralización del suministro de agua a la capital sonorense.
Con el desechamiento de la controversia, también quedó sin efectos la suspensión que había concedido el Ministro Jorge Pardo Rebolledo, medida cautelar que precisamente impedía a las autoridades demandadas, entre ellas la Comisión Nacional del Agua (Conagua) , suspender dicho suministro.
El pasado 9 de junio, el juez Octavo de Distrito en Sonora, Octavio Bolaños Valadez, concedió una suspensión en el amparo promovido por la comunidad yaqui de Vicam, para el efecto de que "no continúe la sustracción y traslado de agua de la presa Lázaro Cárdenas La Angostura" hacia el Acueducto Independencia.
Sin embargo, el 12 de junio el mismo juez aclaró que la suspensión no afecta la toma de agua proveniente de la presa Plutarco Elías Calles El Novillo, que es la principal abastecedora de el Acueducto.
La Conagua había expresado que haría una consulta a la Corte para saber cuál de las suspensiones debía prevalecer, pero el máximo tribunal ya no tendrá que aclarar el tema, pues la suspensión dictada por Pardo ha quedará sin efectos una vez que se notifique oficialmente la sentencia dictada hoy.
Los yaquis impugnaron la legalidad de tres títulos de asignación de aguas, otorgados por la CNA, que permiten el aprovechamiento de agua para el Acueducto.
En diciembre pasado, la Primera Sala de la Corte otorgó dos amparos en los que determinó que la Conagua violó la garantía de audiencia de dos asociaciones agrícolas usuarias del río Yaqui, al expedir títulos que asignan hasta 52 millones de metros cúbicos de la Presa El Novillo en favor del Ayuntamiento de Hermosillo.
Sin embargo, la Corte no dejó sin efectos los títulos de asignación, sino que ordenó a la Conagua otorgar garantía de audiencia a los productores agrícolas, revisar si se les afecta injustificadamente, y resolver de nueva cuenta si confirma la validez de dichos títulos.
En otro amparo, otorgado en mayo de 2013, la Primera Sala ordenó a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales cancelar la autorización de impacto ambiental para la construcción del acueducto, y desahogar una consulta con las comunidades yaquis antes de resolver si emite una nueva.
25 de junio de 2014
Fuente: Dossier Político