Río Sonora: ¿hacia dónde la minería?
02 septiembre 2014Soto, Cecilia.
OCMAL: Observatorio de Conflictos Mineros de América Latina
La Norma Oficial Mexicana NOM 159 SEMARNAT 2011, que establece los requisitos de protección ambiental para los sistemas de lixiviación de cobre, exige que se tomen en cuenta modelos estadísticos de tormenta con eventos torrenciales raros proyectados para periodos de 100, de 50 y 10 años, tomando en cuenta datos de varios años de tormentas máximas por periodos de 24 horas. De esta manera se calculan los valores mínimos que deberán tener, por ejemplo, las presas de jales, las piletas y los represos para soportar eventos torrenciales. ¿Llovió en esa región sonorense? Sí, llovió y fuerte, pero nada que supere los parámetros marcados por la referida norma. Las autoridades tendrán que investigar por qué no resistió el represo con solución ácida de sulfato de cobre. Y si se concluye que hubo una violación a las especificaciones técnicas como parece probable, también tendremos que saber por qué Semarnat no pudo evitarlo.
Tampoco sirve que la empresa insista en que ya está todo bien y los valores del agua han dejado de ser ácidos, etcétera. La empresa puede intentar tratar a los habitantes de la región como niños inocentes e ignorantes, pero los resultados siempre serán riesgosos en momentos en los que la información buena o mala está al alcance de un click. Si el ciudadano encuentra que la empresa ha mentido le perderá cualquier confianza que le haya tenido o reforzará los prejuicios con sustento o no que generalmente existen alrededor de una empresa de la que depende en exceso una población y más una tan politizada como la de esa región del país.