Preocupante que en México el derecho al agua no esté garantizado: Cristina Gaytán

27 julio 2017

25 de julio de 2017
Fuente: Enfoque Noticias
Nota: Sergio Perdomo

México.- La diputada federal del PRD, Cristina Ismene Gaytán Hernández, propuso un Punto de Acuerdo ante la Comisión Permanente en el que exhorta a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) así como a las Comisiones estatales del agua de las entidades federativas, a que garanticen el derecho humano al agua, atendiendo las recomendaciones hechas por el Relator Especial de la Organización de Naciones Unidas sobre los Derechos Humanos al Agua y el Saneamiento, Léo Heller.

Foto: tomada de Enfoque Noticias

“Es incongruente que el Estado mexicano presuma cifras de más del 90% en torno al acceso a agua potable y saneamiento, cuando la realidad es contrastante con las zonas más pobres del país; de igual forma sucede respecto a la contaminación de los acuíferos y ríos, que para el gobierno parecieran limpios pero en realidad contienen muchos elementos que los contaminan y que son nocivos para las personas”, dijo la también vocera del PRD en San Lázaro.

Sin duda alguna, el agua es el líquido vital para la existencia de cualquier ser vivo. No obstante, también es un bien público fundamental tanto para la vida como para la salud, además de ser un derecho humano para una vida digna.

En esta tesitura, el Punto de Acuerdo presentado por la legisladora, exhorta a la Conagua así como a las Comisiones estatales del agua, para atender las comunidades donde el líquido no llega así como a aquellas zonas donde el líquido está presente pero en condiciones no óptimas para el consumo humano. A este respecto, el agua debe ser: suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y doméstico.

La legisladora perredista explicó que por suficiente debe entenderse la cantidad de agua necesaria para cubrir los usos personales y domésticos que comprenden el consumo, lavado de ropa, preparación de alimentos y la higiene personal y doméstica. En este sentido, la OMS sugiere que en promedio una persona debe consumir entre 50 y 100 litros de agua para sus necesidades básicas.

Agregó que, el que sea salubre y aceptable, se refiere a estar exenta de microbios y parásitos, así como de sustancias químicas y radiológicas. El que sea accesible se refiere a que los centros de abastecimiento deben estar físicamente accesibles y según la OMS, a no más de mil metros del hogar de las personas. Finalmente, asequible se refiere a que ningún individuo o grupo debe estar privado del acceso a agua potable por no poder pagar.

Diversos organismos internacionales han hecho visible su preocupación por hacer del derecho humano al agua, un derecho inalienable, entre ellos la Observación General 15, sobre el Derecho al Agua adscrito al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales así como la propia Organización Mundial de la Salud (OMS).

En mayo pasado, durante la visita a México del Relator Especial Léo Heller, éste declaró abiertamente que nuestro país no refleja el marco de referencia de los derechos humanos y exhortó al Gobierno a nivel federal y municipal a brindar el mejor servicio de agua y saneamiento posible.

El funcionario también se refirió a las cifras proporcionadas por el gobierno en torno al acceso de agua potable y saneamiento las cuales no reflejan la realidad de los habitantes ya que no se traducen en acceso real al agua, que en algunos casos es limitada o no existe. Además, también acusó que dicho líquido no es apto para la ingesta al estar contaminado debido a diversos factores de índole industrial, extracción de hidrocarburos y pesticidas.

En nuestro país, el Artículo 4º constitucional –reformado en 2012- declara el reconocimiento del derecho humano al agua; sin embrago, a la fecha, no se cuenta con una Ley General de Aguas que gestione este recurso y garantice el derecho humano al mismo.

En este sentido, el Punto de Acuerdo también exhorta a los municipios del país, quienes tienen a su cargo los servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales, a que dichas instancias a la brevedad los mecanismos necesarios para garantizar que el líquido llegue a la población de manera óptima y con los estándares mínimos de calidad.

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