El Ministerio de Obras Públicas de Chile decreta la Reserva de Caudales en San Juan de la Costa

26 junio 2013

El decreto emana como respuesta a un estudio de la Dirección General de Aguas, el cual ratifica la existencia de asentamientos humanos que requieren de cierto caudal para su consumo y cuya disponibilidad pudiese verse afectada por la futura constitución de derechos de aprovechamiento de aguas no consuntivos por grandes caudales.

Así, y haciendo uso del artículo 147 bis inciso tercero el Código de Aguas, el cual indica “Cuando sea necesario reservar el recurso para el abastecimiento de la población por no existir otros medios para obtener el agua, o bien, tratándose de solicitudes de derechos no consuntivos y por circunstancias excepcionales y de interés nacional, el Presidente de la República podrá, mediante decreto fundado, con informe de la Dirección General de Aguas, disponer la denegación parcial de una petición de derecho de aprovechamiento”, el Ministerio de Obras Públicas realizó la acción que para su ejecución implicó la denegación parcial de derechos de aprovechamientos solicitados en el área beneficiada.

Cabe destacar que la población que habita la zona en estudio se compone en su gran mayoría por personas pertenecientes a pueblos originarios y cuya economía familiar se basa en las actividades de subsistencia.

El decreto entrará en vigencia una vez que sea publicado en el diario oficial el próximo 01 de julio.


26 de junio de 2013

Fuente: iAgua.es

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