Perú: Los comercios e industrias deben dar tratamiento previo a sus aguas residuales o serán sancionados

20 agosto 2013

La norma que deberá ser aplicada en todo el territorio peruano a partir del 5 de setiembre, establece que el monitoreo de calidad de aguas residuales “no domésticas” que descargan a los sistemas de alcantarillado sanitario, estará a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento. Para el caso de Lima Metropolitana y el Callao, la fiscalización estará a cargo de SEDAPAL.

Situación actual

Si bien no se tiene identificado el total de usuarios que actualmente incumplen los valores de los parámetros establecidos en la normativa de los VMA, se conoce que en Lima y Callao existen alrededor de 70.000 usuarios “no domésticos”, de los cuales 9.400 son industrias y 60.400 son comercios. Entre las industrias más contaminantes se encuentran los camales, las industrias textiles y las fábricas de pinturas, además de los restaurantes por la cantidad de grasa que desechan.

Impacto en el ambiente y la salud

La presencia de sustancias nocivas por encima de los VMA en las aguas residuales que descargan a las redes de alcantarillado, pone en peligro la salud pública y causa impactos negativos en el ambiente; puesto que podrían generar gases tóxicos, aniegos por desagües e la vía pública por incremento de atoros y colapso de la red, o no ser eliminadas a través de las plantas de tratamiento de aguas residuales y llegar al mar o al río afectando el ecosistema.

Afectación en la infraestructura de alcantarillado

Las malas prácticas de uso del alcantarillado sanitario y el no cumplimiento de los VMA causan además perjuicios económicos a la empresa, deterioran las redes de alcantarillado y estaciones de bombeo, generan atoros y colapsos de tubería, incrementan los costos operativos en las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales, y le restan vida útil entre otros.

Sanción para infractores

Las industrias y comercios, cuyas aguas residuales incumplan los Valores Máximos Admisibles, estarán sujetas a un incremento de en las tarifas por el servicio de alcantarillado en forma proporcional a la concentración del contaminante en que excedan. En otros casos la sanción que establece la norma es la suspensión del servicio de alcantarillado.


20 de agosto de 2013

Fuente: iAgua.es

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