Cuatrociénegas: Fijan plazo para legalizar pozos
09 septiembre 2013
Quienes soliciten su título de concesión deberán tener el antecedente de usar este tipo de agua profunda por lo menos desde hace un año, pues de ser nuevas perforaciones las que deseen tener no será viable la regularización, informó Antonio Méndez Aguiñaga, el titular del departamento de Hidrometría y Climatología de la Conagua.
El pasado 2 de septiembre el presidente de la República, Enrique Peña Nieto, emitió el Decreto mediante el que se declara zona reglamentada al acuífero Cuatrociénegas.
Lo anterior contribuirá a la conservación del sistema de pozas y humedales del Área Natural Protegida (ANP), pues con esta acción se busca contribuir al restablecimiento del equilibrio hidrológico y prevenir la sobreexplotación del acuífero.
Aguiñaga explicó que básicamente se estableció es el ordenamiento de los aprovechamientos existentes, pues antes al haber libre alumbramiento, como le denominan, pues las personas podían perforar para extraer agua las veces que quisieran.
“Antes nada más te limitaba (en cuanto a) que pudieras estar afectando a un vecino, por eso el código civil prevé más o menos unos 400 y 500 metros entre un pozo y otro, fuera de eso estaban en total libertad de hacer perforaciones”, expresó.
Ahora con el ordenamiento que implica el decreto las personas que ya tienen perforaciones y aprovechan esto desde por lo menos un año tendrán la posibilidad de obtener su concesión, expuso.
Advirtió que antes de dar dicha concesión, la Conagua verificará la situación real reportada por las personas que cuentan con los pozos, pues se revisará que efectivamente lo que plasman en papel en el campo sea verdadero y así determinar si entregan o no la concesión.
“Esto no será autorizar nuevas perforaciones, no será posible ya, porque ya está reglamentado, sólo se va verificar que lo que solicitaron en concesión sea lo que realmente tienen”, aclaró.
Antes de este decreto las personas no estaban obligadas a contar con un título de concesión para hacer dicha extracción, ahora sí lo están, pero sólo quienes ya tienen tiempo haciendo uso de dicha agua y no habrá nuevas concesiones, afirmó.
Mencionó que instalarán una oficina móvil en aquella región, Cuatrociénegas, pero no especificó cuándo, con el fin de que la población interesada en regularizarse lo haga.
Respecto al aprovechamiento de las denominadas Aguas no profundas o superficiales dijo que la mayoría de los pobladores cuenta con sus respectivas dotaciones llamadas presidenciales y podrán seguir utilizándola.
Decreto
– No se pueden realizar nuevas perforaciones y las ya existentes no podrán aumentar su gasto ni el volumen de extracción, de lo contrario quien lo haga será sujeto de sanciones conforme a lo establecido por el artículo 119 de la Ley de Aguas Nacionales, y se harán acreedores a multas que van de los 5,001 a los 20 mil salarios mínimos.
– Sólo quienes cuenten con título de concesión podrán usar el agua en la zona reglamentada y que se reconocerán las concesiones únicamente a quienes cuenten con título vigente.
– A partir de la entrada en vigor de este Decreto, la Conagua vigilará y supervisará de manera estricta la explotación, uso y aprovechamiento del agua en el acuífero.
9 de septiembre de 2013
Fuente: Vanguardia / María Eugenia Alvarado
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