Vivir sin agua, realidad de tuxtlecos
28 enero 2014
En la periferia capitalina, la colonia "La Condesa", con 15 años de fundación, tiene en trámite para sus aproximadamente 500 habitantes, las escrituras, y aunque no cuentan con el servicio de agua potable o escrituras, las autoridades capitalinas ya quieren cobrarles impuestos, señalan los mismos vecinos.
"¿Por qué no les han dado el agua? -Pues no sé porque pero siempre nos dicen así que van a trabajar en el agua y hasta ahorita no. -¿Cuántos años tiene viviendo aquí? -15 años. -¿Cómo se abastece de agua y cuánto se gasta? -Como 100 pesos a la semana, y es con pipa, aquí somos cuatro adultos y dos niñas, a veces hay para comprar pero otras veces no alcanza. ¿Cuál es el llamado que hace a las autoridades? -Pues que nos den el agua porque lo necesitamos, hay veces que hay y hay veces que no". Señala asomada en la puerta de su vivienda de lámina doña Cecilia Galdamez.
"Para nosotros es muy difícil comprar el agua, le han subido, nos venimos gastando como 200 pesos a la quincena, tenemos que estar ahorrando el agua, la que usamos en los trastes y la ropa se va a las plantas y el patio, o para lavar el baño, aquí igual las calles no están pavimentadas porque dicen que van a poner el drenaje, venga usted en temporada de lluvias a ver cómo vivimos entre el lodo y así caminan nuestros hijos, por eso en esas fechas las pipas le suben más al agua que porque no pueden subir, no sólo no hay agua, estamos olvidados de las autoridades", reclama Judith Zorrilla.
Es de mencionar que la resolución de la Naciones Unidas no se limita a reconocer el acceso al agua potable y saneamiento como un derecho humano sino que va más allá y reconoce que dicho derecho al agua potable y saneamiento es esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos.
En México ha habido diversas iniciativas de Senadores (en 2008, 2009 y 2011) para que a nivel constitucional se reconozca ese derecho. Dichos esfuerzos culminaron con la reforma al artículo 4º constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación del 8 de febrero de 2012, por la que se adicionó un párrafo a dicho artículo: Decreto por el que se Declara reformado el párrafo quinto y se adiciona un párrafo sexto recorriéndose en su orden los subsecuentes, al artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Publicado en el Diario Oficial de la Federación del 8 de febrero de 2012:
“Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, saludable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines”.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reconoce de manera expresa el derecho humano de toda persona al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo persona y doméstico en forma suficiente, saludable y asequible. Ante la negación de las autoridades a los colonos de la periferia de la capital chiapaneca que no gozan de este derecho humano, el sistema jurídico mexicano prevé el juicio de Amparo como medio de defensa de los derechos humanos. Por ello, estos ciudadanos pueden solicitar dicho amparo a un juez federal, que garantice este derecho humano firmado en tratados internacionales por México.
28 de enero de 2014
Fuente: Péndulo
Nota de Claudia Lobatón
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