Actualización de la Norma Oficial Mexicana sobre descargas de aguas residuales

09 septiembre 2021 Agua

Redacción: agua.org.mx

Foto: Canva

El pasado 27 de agosto de 2021 el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Comarnat) aprobó,  con la mayoría de votos de sus miembros, la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEMARNAT-2021, la cual establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de agua residual a los cuerpos receptores de la nación[1], esto se refiere a que se establece un límite para los parámetros físicos, químicos y biológicos en las descargas de agua proveniente de diversas actividades humanas, de modo que no se genere una afectación sobre los cuerpos receptores, como ríos y mares.

La NOM-001-SEMARNAT-2021 sustituye a la emitida en 1996, que no había sido actualizada desde hace 25 años pese a que la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización establece que las Normas se deben actualizar cada 5 años. Además, se reconoce que los parámetros y límites antes establecidos en la normativa eran insuficientes para controlar la contaminación de los cuerpos de agua[1].

En el país más del 70% de los cuerpos de agua superficial, como ríos y lagos, presentan algún grado de contaminación, entre otros factores, por la descarga de aguas municipales y no municipales sin un tratamiento adecuado. Las descargas municipales se refieren a aquellas que son generadas en los núcleos de población y colectadas en los sistemas de alcantarillado urbanos y rurales, mientras que las no municipales son aquellas generadas por otros usos, como la industria[2].

Únicamente el 45 % del total de aguas residuales generadas en el país son tratadas de manera segura*[3]. En este sentido, de acuerdo con Un-Habitat y Who (2021), México reporta que el 58% de las aguas residuales generadas en los hogares son tratadas de manera segura, en contraste con tan sólo el 33% de las industriales.  Lo anterior implica que gran parte se vierte sobre los cuerpos sin tratamiento, constituyendo una fuente de contaminación y degradación de los ecosistemas, lo cual afecta el funcionamiento de estos y representa un riesgo para la salud de la población humana.

La evolución de las normas es inevitable ante la actual crisis ambiental en el país y los cambios en los contaminantes, por ejemplo, tras la detección de contaminantes emergentes en el agua*, como fármacos, drogas, hormonas y nano-materiales[4].

Dentro de las modificaciones realizadas a la NOM-001 se encuentra la inclusión de tres nuevos parámetros: toxicidad del agua, la demanda química de oxígeno y el color del agua. Además de un ajuste en el límite máximo para la temperatura (se redujo de 40 °C a 35°C)[5].

Entre los argumentos en contra de esta actualización se encuentra que el cambio en la normativa implica costos adicionales en el tratamiento, mismos que repercutirán en el precio de los productos agrícolas, industriales, mayores tarifas eléctricas y en el servicio de agua potable y saneamiento municipal[6].  Por su parte, otros actores congratulan la actualización de la norma al percibirse como una herramienta para el cuidado de los ecosistemas y la salud humana[5].

Más allá de las posturas, la aplicación de la normativa enfrenta diversos retos, como la vigilancia limitada, la carencia de políticas para evitar la generación de contaminantes y el insuficiente o inadecuado tratamiento de aguas residuales (incluyendo la cantidad de plantas de tratamiento obsoletas)[7].

El Instituto Mexicano de Tecnología del Agua plantea que además de los retos antes mencionados, un desafío se encuentra en el cambio de pensamiento tanto de la sociedad, como de la industria y el gobierno, en el que cada uno asuma su responsabilidad y su carga contaminante en lo local[5]. De este modo, más allá de poner nuestra atención en los límites permisibles en las descargas podríamos transitar hacia un control en la generación de contaminantes.

¡Es responsabilidad de todas y todos asegurar una buena calidad ambiental para el planeta actual y futuro!

*Tratamiento seguro: Los flujos de aguas residuales se definen como tratadas de manera segura si las descargas cumplen con las normas nacionales o locales. En ausencia de tales datos, los flujos tratados por tecnologías secundarias o superiores también se consideran tratados de forma segura.

*Contaminante emergente: Todo contaminante previamente desconocido o no reconocido como tal, cuya presencia en el medio ambiente no es necesariamente nueva, pero sí la preocupación por las posibles consecuencias de esta.

 

 

Fuentes:

[1] Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. 29 de agosto de 2021. Semarnat actualiza NOM 001 sobre descargas de aguas residuales, tras 25 años de parálisis. Gobierno de México, México. https://www.gob.mx/semarnat/prensa/semarnat-actualiza-nom-001-sobre-descargas-de-aguas-residuales-tras-25-anos-de-paralisis?state=published

 

[2]Comisión Nacional del Agua.2018. Estadísticas del agua en México. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Gobierno de México, México.  http://sina.conagua.gob.mx/publicaciones/EAM_2018.pdf

 

[3] United Nations Human Settlements Programme (UN-Habitat) and World Health Organization (WHO), 2021. Progress on wastewater treatment – Global status and acceleration needs for SDG indicator 6.3.1. United Nations Human Settlements Programme (UN-Habitat) and World Health Organization (WHO), Geneva https://agua.org.mx/wp-content/uploads/2021/08/SDG6_Indicator_Report_631_Progress-on-Wastewater-Treatment_2021_ENGLISH_pages.pdf

 

[4] Instituto Mexicano de Tecnología del Agua. 2018. El desafío de los contaminantes emergentes. Gobierno de México, México. https://www.gob.mx/imta/articulos/el-desafio-de-los-contaminantes-emergentes

 

[5] Instituto Mexicano de Tecnología del Agua. 06 de septiembre de 2021. La actualización de la norma sobre descargas de aguas residuales. Gobierno de México, México. https://www.gob.mx/imta/articulos/la-actualizacion-de-la-norma-sobre-descargas-de-aguas-residuales?idiom=es

 

[6] Mares, M, A. 2021, 30 de agosto). NOM-001: tsunami de aguas residuales. El Financiero. Recuperado el 07 de septiembre de 2021, de: https://www.eleconomista.com.mx/opinion/NOM-001-tsunami-de-aguas-residuales-20210830-0146.html

[7] Adriana Carolina Flores-Díaz, Alma Chávez Mejía, Anne M. Hansen, Arsenio González Reynoso, Beatriz Casasola, Blanca Jiménez Cisneros, Blanca Lucía Prado Pano, Brenda Rodríguez Herrera, Daniel Murillo Licea, Erick D. Gutiérrez López, Fabiola Garduño, Gabriela Cabestany Ruiz, Ignacio González Mora, Itzkuauhtli Zamora Sáenz, Jorge Eugenio Barrios Reynoso, José Antonio Barrios Pérez, José Joel Carrillo Rivera, Juan Carlos Durán Álvarez, Juana Amalia Salgado López, Leopoldo G. Mendoza Espinosa, Lorenzo Gómez Morín, María Aurora Armienta Hernández, María del Pilar Saldaña Fabela, Mariana Zareth Nava-López, Marisa Mazari-Hiriart, María Luisa Torregrosa y Armentia, María Teresa Orta Ledezma Velásquez, Marinhe Concepción Rosas Rodríguez, Miguel Palmas Tenorios, Miguel A. Córdova Rodríguez, Miriam G. Ramos-Escobedo, Porfirio Hernández H, Ramón Pérez Gil Salcido, Ricardo Sandoval Minero, Robert Hunter Manson, Ronal Sawyer G., Sergio S. Ruiz-Córdova y Sofía Esperanza Garrido Hoyos. 2019. Calidad del Agua en México. En: IANAS La Red Interamericana de Academias de Ciencias. Calidad del Agua en las Américas-Riesgos y Oportunidades. México. https://agua.org.mx/wp-content/uploads/2019/10/Calidad-de-agua-en-las-Am%C3%A9ricas_2019.pdf

 

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