Análisis del Decreto de reservas de agua para uso público urbano, ambiental y de generación de energía eléctrica

18 junio 2018

Agua para todos, agua para la vida
18 de junio de 2018

Va un análisis preliminar de los Decretos de Reservas del Agua–los 10 publicados el 6 jun 2018, más unos que fueron publicados con anterioridad. Por lo menos uno más (Tamaulipas, SLP) está en proceso, en Cofemer.

 

Estos decretos van a permitir a la Conagua garantizar los volúmenes de agua que están exigiendo las empresas mineras, petroleras y privatizadores de sistemas urbanos de agua, a costa de los derechos al agua de los pueblos indígenas, los núcleos agrarios, comunidades rurales y los sectores populares urbano.

 

Estosdecretos nos exigen redoblar nuestros esfuerzos por lograr una Ley General de Aguas que:

  • Cuestione el sistema de concesiones en su totalidad, por ser violatorio a las reformas a los art 1, 2 y 4,posteriores a la Ley de Aguas Nacionales que lo creó… remplazándolo con un sistema que solo asignará los volúmenes ecológicamente aprovechables, reconociendo en primer lugar los derechos de los pueblos indígenas a la administración de sus aguas, así como los volúmenes requeridos para uso personal-doméstico y servicios públicos para asegurar el acceso equitativo en torno al derecho humano al agua; asegurando acceso al agua para los productores sociales para la soberanía alimentaria.
  • Siente las bases para la verdadera participación ciudadana y de los pueblos, a través de la construcción y reconocimiento de instancias vinculantes, poniendo fin a el ejercicio discrecional de la conagua a favor de “los intereses”.

 

Observaciones:

 

  1. Los Decretos de Reserva  quitan las vedas(último vestigio del modelo anterior de gestión del agua, en manos del Estado en vez del mercado) para extender la lógica del sistema de concesiones impuesto en México a través de la Ley de Aguas Nacionales (1992) como pre-condicion para entrar en el TLCAN–por encima y en desconocimiento de la multitud de formas de tenencia del agua y pertenencia al agua-territorio existentes en el país  (Ni siquiera los EEUU maneja sus aguas a través de un sistema único de concesiones.)  Aunque las vedas han sido violadas sistemáticamente por la Conagua a lo largo de sus 29 años de existencia, las empresas trasnacionales requieren de concesiones con seguridad jurídica,  lo cual requiere formalmente eliminar las vedas.

 

  1. Aunque están siendo promovidos como una medida de protección al ambiente, incluyen reservas para uso urbano, y en algunos, para la generación de energía eléctrica(en San Pedro Mezquital reservan 2000 millones m3/año para CFE para este uso (ahí es donde se ha estado buscando construir la Presa Las Cruces que afectaría el pueblo Nayeri) y solo un poco más de 300 para uso ambiental.)

 

  1. Los decretos se basan en la Ley de Aguas Nacionalesla cual, según el 3er transitorio de la reforma al 4o Artículo Constitucional, tendría que haber sido reemplazada en febrero 2013con una ley centrada en el derecho humano al agua, la cual “sentaría las bases” para la participación de la ciudadanía junto con los tres niveles de gobierno para la consecución del “acceso y uso equitativo y sustentable” del agua.

 

  1. Los decretos extinguen los derechos al agua de los núcleos agrarios que no fueron renovados a tiempo.  Todos los decretos contienen este lenguaje:  “Las concesiones o asignaciones otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto, serán reconocidas siempre que el título esté vigente…”.   En este momento, hay 50 mil concesiones “caducadas” en el país–principalmente de ejidos, comunidades y pueblos, que no se imaginaban que sus derechos al agua tendrían que renovarse. (La Ley de Aguas Nacionales los exigió registrar sus derechos al agua, reconocidos a través de sus dotaciones ejidales por decreto presidencial, en la forma de concesiones–6000 m3/año por cada hectárea, un proceso que duró toda la década de los 90–otorgando concesiones que caducaban en 10-20 años.)  Lo más probable es que la Conagua los dejarán en posesión, ahora “clandestina,” de sus fuentes… mientras “liberan” estos volúmenes para concesiones en firme a las mineras, petroleras que los están exigiendo.

 

  1. Los decretos no mencionan el derecho humano al agua, lo cual desde la reforma al 4o artículo el 8 febrero 2012, tendrá que estar en el centro de cualquier política hídrica.. Asignan volúmenes para el “uso público urbano” como si este uso fuera equivalente al derecho humano al agua.  Sin embargo, el “uso público urbano” incluye a CUALQUIER uso al cual un organismo estatal o municipal quisiera concesionar o contratar sus aguas.  En todo el país vemos que estos organismos priorizan a las embotelladoras (caso Constellation Brands en Mexicali), las industrias (Hermosillo, Querétaro…) y hasta la minería o el fracking (siendo el probable destino de los 15 m3/s del Pánuco todavía asignados al Estado de Nuevo León para Monterrey VI), dejando a las zonas populares a la deriva de las pipas y el tandeo.

 

  1. Destinan las grandes asignacionespara “uso público urbano” a los gobiernos estatales, con vigencia a 50 años–cada decreto especifica los estados que deben solicitar estos volúmenes, sentando las bases para la privatización vía trasvases y el concesionamiento de servicios de agua y saneamiento.

 

Esto obedece al nuevo papel que se está dando a los gobernadores en la gestión del agua.  Son los gobernadores de Puebla, Veracruz, Coahuila, Aguascalientes, Quintana Roo, Estado de México, Baja California y CdMx (estos tres últimos sin éxito—gracias a movilizaciones ciudadanas) que han promovido la privatización de los sistemas de agua en sus ciudades principales.  Y son los gobernadores de Guerrero, Oaxaca, Sonora, Guanajuato, Nuevo León que han promovido los acueductos de trasvase hacia grandes zonas urbanas en sus estados (Acueducto Independencia, Monterrey VI, Zapotillo, Acueducto Centenario, 4a etapa Cutzamala), cada vez más a través de asociaciones público-privado.    Como ejemplo, la Reserva del Agua de Grijalba-Usumacinta prevé más de 100 millones m3/año para Tuxtla Gutiérrez, adicionales a los que ya maneja–un volumen suficiente para proveer 120 lhd a más de 2.3 millones de habitantes adicionales (o para un gran desarrollo industrial).

 

La asignación de grandes volúmenes a las comisiones estatales del agua está convirtiendo nuestras aguas nacionales en “aguas estatales”.  De hechosin base en la Constitución ni en la LAN, la reciente ley de aguas de Edomex dota al gobierno estatal la facultad de otorgar concesiones, y crea un Registro Público de Derechos a Aguas Estatales

 

La reasignación de agua hacia las zonas urbanas, a costa de los derechos de núcleos agrarios (en la forma de asignaciones y concesiones que las comunidades rurales no  y asignaciones que ahora serán extinguidas), y en desconocimiento de derechos de pueblos indígenas, pone en riesgo el derecho humano al agua de las comunidades rurales.

 

La publicación de estos decretos en este momento, frente a la posibilidad de que la Presidencia de la República no quede en manos de los partidos que aprobaron las reformas estructurales, indica que hay una gran posibilidad de que se otorguen estas grandes asignaciones a los gobiernos estatales favorecidos en estos próximos meses.

 

  1. Permiten el otorgamiento de los volúmenes reservados a cualquier entidad eligible a ser titular de una asignación–esto incluye a cualquier entidad pública o paraestatal, como son CFE y PEMEX.

 

  1. Los decretos desconocen los derechos de los pueblos indígenas, empezando con su derecho a la consulta sobre esta misma medida.  Desconocen también su derecho a la autodeterminación según sus propias formas de gobierno sobre las aguas en sus territorios.  En casi todo el país, las fuentes históricas del agua de los pueblos indígenas han sido registradas en nombre de los municipios o de las comisiones estatales. (Se puede checar en:  http://app.conagua.gob.mx/repda.aspx, poniendo nombre del estado, y un poco después, del municipio en donde se ubican las fuentes a investigar.  La info también está disponible en www.cartocritica.org.mx,  mapa “Aguas Nacionales”)

 

  1. No contemplan ningún papel para la ciudadanía, en violación del 4o Artículo constitucional.  Todo el poder sobre las reservas urbanas, ecológicas y para energía eléctrica estará en manos de la Conagua.

 

  1. Las reservas para uso ambiental, conservación ecológica o “caudal ecológico” se expresan en millones de m3/año,cuando es sabido que la protección de los ríos, las cuencas y sus ecosistemas depende más bien en su regimen de flujo. Cada decreto indica que las reservas para uso ambiental en una cuenca podrán ser concesionadas aguas abajo.  En las exposiciones de motivos al inicio de cada decreto hablan de la necesidad de un aprovechamiento máximo de las aguas para el desarrollo económico… y ven como un desperdicio los volúmenes de agua que llegan al mar.

 

10. En varios de los decretos (p ej Decreto Río San Pedro Mezquital), el agua para conservación ecológico o uso ambiental se concesiona (una figura solo accesible por particulares; entidades públicas reciben “asignaciones”) en vez de ser reservado en manos públicas. ¿Por qué manejar los volúmenes que requieren los ecosistemas a través de figuras excluyentes? ¿Cuáles particulares serán calificados para manejar un bien común en nombre de todos?

DOF 6/6/2018

Lerma-Santiago: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5525352&fecha=06/06/2018&print=true

Papaloapan I: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5525357&fecha=06/06/2018

Papaloapan II:  http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5525360&fecha=06/06/2018

Ameca: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5525358&fecha=06/06/2018

Costa Grande Guerrero:  http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5525353&fecha=06/06/2018

Río Conchos: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5525355&fecha=06/06/2018

San Fernando Soto-La Marina: http://dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5492245http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5525355&fecha=06/06/2018&print=true        6/6/2018

Pánuco: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5525351&fecha=06/06/2018

Anteriores: (pueden haber más… son los que encontramos en primera búsqueda… )

Coatzalcoalcos: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5517108&fecha=23/03/2018

San Luis Potosí: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5520481&fecha=24/04/2018

Río Moctezuma: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5312158&fecha=29/08/2013

San Pedro Mezquital: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5360310 (2014

 

 

Boletín de prensa de WWF

 

CIUDAD DE MÉXICO.- Con motivo del Día Mundial del Medio Ambiente, el Presidente de México, Enrique Peña Nieto, firmó diez decretos que establecen reservas de agua que garantizan la disponibilidad de este recurso para la población y la naturaleza durante los próximos 50 años.

Los decretos protegen de la sobrexplotación a las cuencas de los ríos Grijalva-Usumacinta (Chiapas, Tabasco y Campeche); Papaloapan (Oaxaca, Puebla y Veracruz); Pánuco (Estado de México, Querétaro, Guanajuato, San Luis Potosí, Veracruz, Tamaulipas y Nuevo León); Costa Chica de Guerrero y Costa Grande (Guerrero y Oaxaca); San Fernando Soto la Marina (Tamaulipas y Nuevo León); Santiago (Aguascalientes, Durango, Guanajuato, Jalisco, Nayarit, San Luis Potosí, y Zacatecas); Actopan-Antigua (Veracruz y Puebla); Costa de Jalisco (Colima y Jalisco); y Ameca (Nayarit y Jalisco).

Estos decretos se suman a los emitidos en los ríos San Pedro Mezquital(2014), Fuerte(2016) y Coatzacoalcos (2018), con lo que en total quedarán cubiertas cerca de 300 cuencas de las 756 del país, en 20 estados y representan la protección del 55% del volumen de agua superficial a nivel nacional.

El anuncio del Presidente tuvo lugar en la Ciudad de México, donde estuvo acompañado del Secretario de Medio Ambiente, Rafael Pacchiano; el Director General de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), Roberto Ramírez de la Parra; el Director General de WWF México, Jorge Rickards; y el Presidente y CEO de WWF Estados Unidos, Carter Roberts.

“Estos decretos representan una visión de futuro ya que plantean un camino sustentable para estas cuencas, que evitará la grave sobrexplotación, contaminación y escasez que vivimos en otros muchos ríos del país”, dijo Jorge Rickards, Director General de WWF México.

La reserva es un volumen de agua en una cuenca destinado exclusivamente para protección de la naturaleza y consumo humano. Su determinación estuvo a cargo de equipos multidisciplinarios, coordinados por WWF y la CONAGUA, que definen la cantidad de agua que requieren la flora y la fauna y el crecimiento de la población en los próximos 50 años, respetando los usos del agua para actividades productivas actuales y aquellas que se desarrollarán en el futuro de manera sustentable.

Las reservas de agua fortalecen la estrategia nacional sobre biodiversidad, ya que con estos decretos se protegen 82 Áreas Naturales Protegidas (ANP), las cuales comprenden 175,230 km2,y 64 humedales de importancia internacional o sitios Ramsar (47,000 km2), además de cuatro de los últimos cinco ríos que fluyen libremente en el país – el Usumacinta, San Pedro Mezquital, Papaloapan y Pánuco-, lo que asegura el transporte de sedimentos y especies, y representa la conservación de los últimos ecosistemas ribereños en buen estado que conectan las montañas con el mar.

En el río Usumacinta, el más caudaloso y el de mayor biodiversidad de México y Centroamérica, ubicado entre los 30 ríos más grandes del mundo, la reserva representa más del 90% del agua superficial, fortalece 15 ANP que cubren el 69% de la superficie de la cuenca y dos decretos de protección; el primero de 1978 que promueve un uso sustentable de los recursos forestales y otro de 2016 que prohíbe la exploración y extracción de hidrocarburos. Simultáneamente, la reserva de agua protege actividades productivas importantes para los habitantes de la cuenca, como la acuicultura, la agricultura de temporal y el turismo.

“Las reservas de agua son importantes porque aseguran agua para la naturaleza y para el consumo humano. Desde Ciudad del Cabo, en Sudáfrica, hasta California, las comunidades están sufriendo cuando las cuencas se secan”, afirmó Carter Roberts, Presidente y CEO de WWF Estados Unidos. “La red de reservas de agua de México es un modelo a seguir por otros países que buscan asegurar sus propias cuencas antes de que sea demasiado tarde”.

“Son un gran ejemplo de las políticas públicas innovadoras que requerimos a nivel global: acciones en perfecto alineamiento con la Agenda de Desarrollo Sostenible para transformar nuestro mundo, así como con el Acuerdo de París contra el cambio climático”, afirmó Roberto Troya, Director de WWF en América Latina y el Caribe, quien destacó la relevancia para esta región y señaló que WWF y el BID ya trabajan en Guatemala, Ecuador, Perú, Bolivia y Colombia para seguir el camino trazado por México.

“Estas nuevas reservas de agua transformarán el manejo del agua en México, garantizando el recurso no solo para millones de personas, sino también para el ambiente. Es un gran logro para el país y para la sociedad, las comunidades rurales e indígenas, universidades, centros de investigación y los gobiernos municipales, estatales y el Gobierno Federal, además de ser el mejor reconocimiento al trabajo que desde 2005 vienen realizando la CONAGUA y WWF con el invaluable apoyo de la Fundación Gonzalo Río Arronte, el Banco Interamericano de Desarrollo y otros importantes donantes”, agregó Rickards.

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2 comentarios en “Análisis del Decreto de reservas de agua para uso público urbano, ambiental y de generación de energía eléctrica”

  1. Esto es muyy grave, es inconcebible que mientras medio mundo anda en el mundial del balonpié, esto se haya dado y sin ninguna participación de quienes nos deberían defender de esta sarta de bandoleros. Qué podemos hacer para contrarrestar estos barbaridades? quien puede asesorarnos?

  2. Porque se permite que la WWF entidad extranjera nos llegue a justificar y participar directamente en la conformacion de nuestras leyes ,cuando ya sabemos que sus propositos son los de permitir a traves de estas leyes , que las trasnacionales y entidades prticulares se adueñen del recurso fundamental para el ser humano, esto es un delito de lesa humanidad, y de traicion a la patria!,,,,

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