Libre alumbramiento en la Legislación Mexicana y violaciones de la CONAGUA (Artículo) – AUAS

21 agosto 2020 Agua

21 Agosto de 2020

Fuente: Asociación de Usuarios del Agua de Saltillo(AUAS)Agua para Todxs, Agua para la Vida

Autor: Gloria Tobón de Garza

Año de publicación: 2020

La Comisión Nacional del Agua, CONAGUA, otorga registros de libre alumbramiento, los cuales permiten construir y operar pozos de agua. Durante casi un siglo se permitió el libre alumbramiento en México, pero a partir de abril del año 2013, mediante ocho Acuerdos de Carácter General firmados por el Ejecutivo Federal, se suspendió provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas subterráneas en todo el territorio nacional. Posteriormente se sustituyó el Libre Alumbramiento por reglamentos, suspensiones y/o vedas parciales o totales, dependiendo de la disponibilidad de agua del acuífero correspondiente. Sin embargo, la CONAGUA sigue otorgando permisos de libre alumbramiento de aguas subterráneas, aun en acuíferos que han sido vedados o tienen suspensión provisional por tener una disponibilidad negativa. Esta situación, además de ilegal, podría tener consecuencias graves sobre el abasto futuro de agua, no solo para cumplir con el derecho humano al agua, sino también para todos los usuarios del recurso en los acuíferos sobreexplotados.

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