Proyecto de decreto: Ley de Agua Potable y Saneamiento

13 febrero 2009

 

PROYECTO DE DECRETO  

ARTÍCULO ÚNICO.- Se promulga la Ley de Agua Potable y Saneamiento, para quedar como sigue: 

LEY DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO                                                                                              

     TÍTULO Primero.    

Fundamentos Generales                                                                                            

               CAPÍTULO I.            

 Objeto y Conceptos Artículo 1.       Los Municipios y el Distrito Federal, en los términos de los artículos 115 y 122, respectivamente, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tienen a su cargo los servicios de  agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales  en todas las zonas urbanas y rurales de su territorio, y en su caso con el concurso de las Entidades Federativas cuando fuere necesario; observando las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la normatividad estatal, municipal y demás aplicable en su jurisdicción, por lo que las disposiciones de la presente Ley son de interés público, de observancia general en todo el territorio nacional, y son reglamentarias de la fracción III, inciso a) del artículo 115 Constitucional, y tienen por objeto:             

    I.   Establecer las bases de una política pública nacional en materia de servicios de agua potable y saneamiento, entendiendo por saneamiento las actividades relativas al drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales;            

   II.   Garantizar el desarrollo sostenible de los servicios de agua potable y saneamiento, a fin de que se otorguen con eficiencia, continuidad, suficiencia y calidad;

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