Derechos de usos semi-consuntivos: ¿Un uso olvidado en las leyes de agua?

11 noviembre 2013


En Chile, las leyes de agua no contemplan la entrega de derechos de usos semi consuntivos del agua.

 

Las leyes solo se refieren a usos “consuntivos” y “no consuntivos”. Esto por lo demás en general se refiere solo a la cantidad de agua a ser usada y poco o nada dice a la contaminación que puede llegar a ser de tal grado que inutiliza su posible reutilización.

En el primer caso, uso consuntivo, el poseedor de los derechos de aprovechamiento del recurso puede en teoría hacer un uso del 100% del derecho otorgado sin devolver nada al sistema natural, sin dejar pasar una sola gota para ser reutilizado por otros usuarios, sobre todo aguas debajo de donde lo ocupa. Puede evaporar o evapotranspirar toda el agua asignada o trasvasarla a otras cuencas dejando sin opción de uso a otros usuarios aguas abajo en base a aguas de retorno superficial o subterránea.

En el derecho de uso no consuntivo la figura sería a la inversa, es decir el usuario del agua debe dejar pasar el 100% del derecho de agua otorgado para que otros usuarios, ubicados aguas abajo, hagan uso del mismo. Bajo este marco se encuentran en general los usos para acuacultura, turismo, navegación y para generación de hidroenergía.

En la práctica esta situación no siempre ocurre y en general lo hace pocas veces. 

Primero, muchos usos entregados como consuntivos no lo son en un 100%, es decir que los poseedores de derechos no usan toda el agua asignada, por ejemplo en riego o en abastecimiento de agua potable y en diferentes procesos productivos. Reconociendo este hecho por ejemplo la autoridad de aguas en Chile ideó los “factores de uso” asignando porcentajes de devolución de agua al sistema hídrico según el uso que se hace de la misma. Esto se hizo con el fin de entregar más agua que la que se disponía en los balances hídricos, asumiendo con ello la posibilidad de dar derechos sobre usos o re-usos de agua no utilizada por el poseedor original de los derechos. No son factores de uso obligado si no solo para estimar retornos posibles de agua al sistema natural.

Con relación a los llamados usos “no consuntivos” tampoco es cierto que lo sean al 100% en todos los casos. Los embalses favorecen la evaporación en forma significativa reduciendo los volúmenes de agua disponible aguas abajo, los trasvases dejan sin agua algunas cuencas o dejan largos tramos de rio sin o poca agua cuando se conduce el agua por tuberías y canales a lo largo de un río para ganar altura y por lo tanto para otros los usuarios de esos tramos es como si el agua les fuera consumida.

En Chile con el sistema de mercado de aguas la legislación permite que un usuario con usos de agua en la práctica semi consuntivos (riego de poca eficiencia), pero poseedor de un derecho 100% consuntivo, pueda vender su derecho de aprovechamiento a un usuario 100% consuntivo (que inclusive lo puede trasvasar a otra cuenca). Esto ocasiona que los usuarios aguas abajo vean súbitamente mermados sus aportes de agua que provenía de los excedentes de riego aguas arriba. Inclusive algunos usuarios de agua como empresas de agua potable han considerado vender las aguas tratadas de sus excedentes a usuarios aguas abajo dado que poseen un derecho 100% consuntivo y por lo tanto consideran que el agua de efluentes y tratada aun les pertenece según la ley.

Para evitar situaciones que afecten a terceros y al medio ambiente con estos cambios de destino, es importante que las legislaciones contemplen los usos semi consuntivos en la asignación de derechos de aprovechamiento (no basta con decir que no se debe afectar a terceros con la compra venta de derechos o con cambio de uso). Con ello, en caso de ventas de aguas o cambios de uso, se evitaría mermar la disponibilidad de agua tanto a los usuarios aguas abajo u otros usuarios en general que dependen de aguas de retorno. Un poseedor de derechos de uso semi consuntivos podría transferir su derecho a otros usos o trasvasarla pero este nuevo usuario solo podría usar la parte consuntiva del mismo y no todo el derecho a no ser que se dedique al mismo rubro y este en el mismo sistema hídrico.

La eficiencia se debe medir a nivel de la cuenca o sistema hídrico y no solo a nivel de empresa. Un serie de usuarios de agua, en cascada, con 50% de eficiencia de uso de agua cada uno, permite que a lo largo de un rio (si la calidad no es alterada en los usos a puntos irreversibles) que la eficiencia total de uso del agua en la cuenca aumente a altos porcentajes (con cada reuso del agua la eficiencia global del sistema aumenta). 

Los usos 100% consuntivos se encuentran en Chile en la minería, debido a que han aumentado enormemente su eficiencia y solo consumen agua de reposición a los reciclajes del agua que hacen (pero no devuelven agua al sistema natural). Los trasvases de una cuenca a otra también merman el volumen dejando sin retorno de agua a la cuenca o acuífero de donde se extrae. Los riegos cada vez más eficientes y la expansión agrícola tecnificada también reducen las devoluciones de agua al sistema.

Paradójicamente, por lo tanto cuanto más eficiente es un sistema de uso de agua asignada, que produce sin perder una gota de agua, menor será la eficiencia a nivel de la cuenca donde se ubica a no ser que dicho productor pida cada vez menos agua para una misma producción sin expandirla con el agua ahorrada. Evidentemente si consume menos por unidad de producción entonces podría dejar pasar mucho más agua a los usuarios aguas abajo solo si no amplia su producción.

La práctica enseña, como es normal que ocurra, que si un productor ubicado en zonas de escasez ahorra agua en los procesos (agua que tiene como derecho asignado) tiende a expandir su producción y ese es su mayor incentivo de ahorro, tal como ocurre con la expansión de áreas de riego tecnificado en áreas con escasez de agua o en las zonas mineras con escasez de agua. Los otros incentivos que pueden aplicarse para inducir a usar solo el agua necesaria son los económicos, pero se pueden aplicar solo en la medida que se pueda disponer de un sistema de registro de usuarios actualizados, mediciones y adecuada contabilidad hídrica, conocimiento del agua captada y devuelta en calidad y cantidad y un cobro por el agua entregada y devoluciones por el agua devuelta además de pagos por contaminar. Al menos en algunos países se cobra una retribución por el agua asignada pero en cantidades aun muy reducidas.

Esa medición del agua en detalle y sistema de cobranza fina basado en cobrar por volúmenes extraídos y reducir el pago por agua devuelta al sistema así como de medición de calidad del agua no ocurre aun en la mayoría de las cuencas de la región que carecen de organizaciones de gestión del agua por cuenca. El agua entregada como derecho en algunos casos es gratis, no se paga por “los gastos comunes” de vivir en una cuenca o usar el agua, ni a veces se conoce cuanto se extraer ni cuanto se devuelve al sistema común y en calidad. Hay avances en la creación de fondos de agua pero aun son limitados. Por otro lado como en el caso de Chile el pago es a la inversa: Se paga por patente de NO uso del agua y no por los derechos otorgados. Ese pago es para reducir el acaparamiento de derechos y fomentar el mercado del agua.

Esta situación pone en evidencia la importancia de considerar los diferentes usos y usuarios del agua a nivel de cuenca con el fin de que tanto la asignación inicial de derechos de uso del agua como las posibles transferencias posteriores consideren los impactos de los posibles cambios de destino del uso del agua, del mejoramiento de la eficiencia de usos por usuarios y de la expansión productiva. Este efecto es sobre terceros y sobre el medio ambiente. Ser super eficiente en el uso del agua asignada y no dejar pasar una sola gota de agua para que otros la puedan usar (de buena calidad por supuesto) puede ser menos positivo a nivel de cuenca de lo que parece ser la creencia generalizada. La asignación de usos semi consuntivos ayudaría algo a palear este efecto. 


11 de noviembre de 2013
Fuente: iAgua.es

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