Fraccionamientos descargan aguas residuales en Cajititlán (México)
13 marzo 2014La denuncia ciudadana llevó a la Profepa a detectar los contaminantes.
La empresa con razón social “Fraccionadora del Sur” tendrá que responder por la descarga irregular de aguas residuales a la Laguna de Cajititlán, actividad que realizan al menos desde 1995.
Esto luego de que el municipio de Tlajomulco, a través de la dirección de medio ambiente y ecología, interpusiera las denuncias ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) y la Procuraduría General de la República (PGR) tras detectar que las descargas domiciliarias de los fraccionamientos Tres Reyes y La Noria de los Reyes son depositadas intencionalmente en el vaso lacustre.
Estos conjuntos residenciales colindantes con la laguna, se ubican en la delegación de Cajititlán sobre el Circuito Sur Metropolitano y en ellos se encuentran habitadas alrededor de 60 viviendas, aunque la presencia de ciudadanos se incrementa “exponencialmente” durante los fines de semana al tratarse de viviendas que en su mayoría son utilizadas como de esparcimiento, señaló el titular de Ecología, Carlos Bernal Mora.
La revelación de esta descarga residual a la laguna, se logró por medio de un reporte ciudadano; el cual, al ser atendido derivó en una inspección realizada el pasado 11 de febrero a los fraccionamientos mencionados.
En esta visita, autoridades municipales solicitaron a la constructora la anuencia de la Comisión Nacional del Agua (CNA) para la descarga de aguas residuales, documento con el que la empresa no contó, posteriormente se llevó a cabo la revisión de un cárcamo en el cual se depositan las descargas domiciliarias.
“Nos encontramos con que las descargas de los domicilios se depositan crudas en este lugar y de ahí son bombeadas a un cauce que conduce directamente a la Laguna de Cajititlán”, explicó Bernal Mora.
Cabe hacer mención que el canal al que se refiere el servidor público no corresponde a ningún cauce natural, sino que fue creado con la única función de conducir el agua que recibe el cárcamo directo al vaso lacustre sin recibir tratamiento alguno.
Tras la inspección, el municipio levantó el pasado 26 de febrero una infracción por “incumplimiento de la documentación de autorización para descargas de CNA” así como por el incumplimiento de la norma NOM-001 de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la infracción corresponde a una multa de 98 mil pesos para la empresa, además de las denuncias ya mencionadas ante Profepa y PGR por lo que la dirección de ecología considera una violación al artículo 416 del Código Penal Federal dedicado a delitos ambientales.
Sobre la cantidad de agua residual que es descargada en la laguna procedente de estos dos fraccionamientos no se tiene un dato exacto, sin embargo uno de ellos lo hace desde al menos hace 19 años, el otro desde casi 13, por lo que la cantidad que ha recibido Cajititlán sería de miles de litros.
La Dirección de Ecología realizará una revisión en el perímetro de la laguna en busca de detectar posibles descargas residuales como parte de un proyecto de detección de contaminantes, por lo pronto estos fraccionamientos son los primeros en ser sancionados y denunciados en las instancias correspondientes por ejercer esta actividad catalogada como ilícita.
Datos
La historia
En 1991 cuando era presidente municipal Benjamín Saavedra Martínez el ayuntamiento entregó licencia de construcción con uso de suelo H3 para el fraccionamiento Tres Reyes, pero no fue sino hasta 1995 cuando se recibió el fraccionamiento, esto en el último año de gestión del entonces alcalde Antonio Sánchez Ramírez y que a su vez es uno de los propietarios de la inmobiliaria
El fraccionamiento La Noria Tres Reyes fue recibido por el gobierno municipal en 2001 bajo la gestión de Guillermo Sánchez Magaña, único presidente municipal de Tlajomulco que ha sido inhabilitado por el Congreso del Estado para ocupar cargos públicos durante cuatro años y primer priista en ser expulsado de su partido en Jalisco
El Código Penal Federal prevé en materia de delitos ambientales:
Se impondrá pena de tres meses a seis años de prisión y de mil a veinte mil días multa, al que sin la autorización que en su caso se requiera, o en contravención a las disposiciones legales, reglamentarias y normas oficiales mexicanas:
I.- descargue, deposite, o infiltre, o lo autorice u ordene, aguas residuales, líquidos químicos o bioquímicos, desechos o contaminantes en los suelos, aguas marinas, ríos, cuencas, vasos y demás depósitos o corrientes de agua de jurisdicción federal, que ocasionen o puedan ocasionar daños a la salud pública, a los recursos naturales, a la flora, a la fauna, a la calidad del agua de las cuencas o a los ecosistemas
Cuando se trate de aguas para ser entregadas en bloque a centros de población, la pena se podrá elevar hasta tres años más.
12 de marzo de 2013
Fuente: Blog del Agua