Deberá modificarse la ley para negar en estos casos la posibilidad de transferir derechos de concesión, ya que no debe permitirse hacerlo cuando cuando el acuífero o el río está sobreconcesionado.
El tema no es para nada sencillo. Esa dualidad que tiene el agua como recurso esencial para el alcance de derechos humanos fundamentales, al mismo tiempo de poder considerarse como una mercancía nos sitúa en los dos extremos, abiertamente contrapunteados. Por ello, en México resulta necesario y estratégico contar con una regulación adecuada y con mecanismos de supervisión y control, además de la necesidad de que la Comisión Nacional del Agua realice los estudios pertinentes, a fin de que actualice la disponibilidad del agua de nuestras fuentes de abasto.Leer más.