Autoridades violan consulta ordenada por la SCJN y los derechos de los Yaquis, acusan ONGs

13 febrero 2015

 

Las razones que esbozaron las organizaciones para hablar de un incumplimiento son varias: la ausencia de información importante y de estudios que determinen el impacto de la operación de la obra, así como falta de claridad y contradicciones en la información que se les ha proporcionado; la criminalización de la Tribu Yaqui, a partir de hechos como el encarcelamiento de sus líderes Mario Luna y Fernando Jiménez; los ataques físicos, hostigamientos judiciales y descalificaciones que, acusan, han sufrido sus voceros y autoridades, así como los mensajes discriminatorios contra su identidad indígena, y los señalamientos de que son los responsables de la carencia de agua en Hermosillo, Sonora (sitio donde impactará la obra).

Además, expusieron, al permitir que continúe la operación del Acueducto –aunque la consulta a la Tribu Yaqui esté en proceso y aún no haya una resolución al respecto–, se viola el derecho a que la consulta sea previa. Sobre este punto, Edmundo del Pozo, integrante de Fundar, Centro de Análisis e Investigación, recordó que el principio de la consulta previa se violó desde el momento en que la obra se autorizó y construyó sin tomar en cuenta a los Yaquis.

El proyecto del Acueducto Independencia pretende trasvasar alrededor de 60 millones de metros cúbicos de agua de la cuenca del Río Yaqui a la del Río Sonora. En 2011 el proyecto fue autorizado sin consultar a la Tribu Yaqui, lo que incumple el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo respecto a la obligación de consultar a los pueblos indígenas en proyectos que les afecten, así como los artículos constitucionales 2, 4, 14, 16 y 27, que amparan los derechos al territorio, al agua, a un ambiente sano y a la propiedad.

Desde 2011, la Tribu Yaqui interpuso un amparo contra la autorización de la Manifestación de Impacto Ambiental, hecha por la Semarnat. En 2012, se les otorgó el amparo, pero la Semarnat apeló la sentencia.

El caso llegó a la SCJN, que el 8 de mayo de 2013 confirmó el amparo y ordenó declarar insubsistente la MIA y  que se consultara a la Tribu Yaqui, de conformidad con los estándares internacionales.

Tales estándares dictan que la consulta debe ser previa, informada, de buena fe y libre. Para la Misión Civil de Observación, ninguno de estos preceptos se ha respetado en el caso de la consulta a la Tribu Yaqui, además de que se han violado otros de sus derechos humanos.

De acuerdo con Areli Sandoval, integrante de la organización Equipo Pueblo, al mantenerse en operación el Acueducto pese a que no ha concluido el proceso de consulta, se afectan los derechos de los Yaquis al agua, al goce de sus recursos naturales y a la libre determinación. Además, al depender del agua para el riego de sus cultivos, también se vulnera su derecho a la alimentación, al trabajo y a la salud (que puede verse mermada como resultado de una mala alimentación).

El trasvase de agua del Río Yaqui también tiene otro tipo de implicaciones para los Yaquis, pues se trata del centro de su actividad económica y cultural, de modo que hay “connotaciones sociales y espirituales” que se vulneran con la operación del Acueducto Independencia.

“SCJN DEBE EVITAR INTERESES POLÍTICOS”

Tomás Rojo, actual vocero de la Tribu Yaqui, refrendó su exigencia a que se respete su derecho a la consulta, conforme al fallo de la Corte de mayo de 2013, y que éste tenga carácter vinculatorio “para que se respete la voluntad de nuestros pueblos” y no sea sólo un trámite para legitimar el Acueducto Independencia.

Rojo se refirió al trabajo de la SCJN, a la que llamo un “pilar fundamental”, y llamó al máximo órgano del Poder Judicial en el país a “evitar que los intereses políticos, de políticos encumbrados, tengan esa injerencia en los criterios legales.

“También los intereses económicos de grandes empresarios que están afectando los territorios, los recursos naturales de los pueblos indígenas, que no tengan esa injerencia dentro de esta instancia fundamental”, pidió.

El vocero de los Yaquis señaló que ha habido “una actitud contemplativa hacia los actos del gobierno del estado de Sonora”, encabezado por el panista Guillermo Padrés Elías.

“Ha sido, hasta cierto punto, un acto de consentimiento”, consideró Rojo, quien asimismo apuntó que mientras a la Tribu Yaqui se le hostiga continuamente, se le discrimina y se ha encarcelado a dos de sus líderes, por otro lado se ha permitido la operación “ilegal” del Acueducto Independencia, toda vez que se desechó la MIA que avalaba la obra.

RECOMENDACIONES DE LA MISIÓN

El informe actualizado sobre el proceso de consulta a la Tribu Yaqui fue presentado a los medios afuera de la sede de la SCJN, tras lo cual los representantes de Fundar, Equipo Pueblo y el director ejecutivo de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, José Antonio Guevara, junto con el vocero de la Tribu Yaqui, lo entregaron a la Corte.

Además de señalar los incumplimientos en el proceso de consulta, el documento plantea recomendaciones al Estado mexicano para garantizar una consulta libre, informada y de buena fe.

Entre éstas proponen respetar la autonomía y la libre determinación de la tribu para aplicar sus sistemas normativos; cesar las agresiones en su contra; desistirse de los procesos penales contra Luna y Jiménez y de las órdenes de aprehensión contra Rojo, Gerónimo Flores y otros miembros de la Tribu Yaqui; suspender la operación del Acueducto Independencia hasta concluir el proceso de consulta; y entregar toda la información pendiente, que sea actualizada, precisa y accesible técnica y culturalmente a la tribu.

Además, señalan que para garantizar el derecho al consentimiento de la Tribu Yaqui respecto a la obra se debe respetar su decisión, la cual debe tener ser vinculatoria para el Estado mexicano.


12 de febrero de 2015
Fuente: Dossier Político

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