Caasa no podrá realizar cortes arbitrarios al servicio de agua potable

24 julio 2015

 

El ombudsman estatal, Jesús Eduardo Martín Jáuregui, aseguró que la ley es muy clara, por lo que no existe razón alguna para que se preste a diversas interpretaciones. Se trata, indicó, de un artículo causal, donde se fundamenta la razón por la cual se debe garantizar el servicio de agua como un derecho humano, sin restricción alguna que impida el goce de al menos 200 litros al día en caso de no cumplir con tres pagos del servicio, con referencia al Consejo Nacional para la Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), como una simple especificación de la razón por la cual se justifica la política de no corte.

Jesús Rangel de Lira, presidente de la Comisión de Recursos Hidráulicos, destacó que la especificación que hace referencia al Coneval guarda relación con la caída del ingreso de los trabajadores y expuso que tiene que ver con los datos duros presentados por ese organismo y la justificación dada para mantener la garantía de acceso al agua potable para quienes están impedidos de pagar el servicio. Recordó que la medida pasa de otorgar un promedio de 600 litros diarios las familias, a 200 en caso de contar con los referidos adeudos.

Consideró que “da mucho que pensar que el director de Ccapama interprete la ley de esa manera, cuando es el organismo regulador”. Además, señaló que la amenaza sobre el incremento en las tarifas locales sería una responsabilidad compartida entre dicho organismo, así como el Cabildo de Aguascalientes y agregó que “si el municipio lo avala, iría en contra de su responsabilidad social”.

Anayeli Muñoz Moreno, presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso del Estado, puso énfasis en la perspectiva de derechos humanos de la iniciativa que fuera aprobada y que garantiza el acceso a la población al servicio sin que exista impedimento para el mismo. Consideró que “es sospechoso que el gobierno municipal se preste a intereses de otro tipo, aunque no sería el primer caso que se hacen interpretaciones erróneas, tampoco es la primera vez que va en contra de la ciudadanía, ya sucedió cuando perdió el caso con Telemática y en el caso de los indebidos procedimientos en la Línea de Fuego”.

Martín Jáuregui retomó el uso de la voz para manifestar que el no cumplimiento de la ley acarrearía problemas para la concesionaria y explicó que puede ser sujeto de demandas penales por parte de la población, ya que los cortes al servicio violentan los derechos humanos. También añadió que se puede recurrir ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo o tramitar un amparo contra las decisiones inconstitucionales de Caasa, así como presentar las quejas correspondientes ante la misma CEDH y el Congreso del Estado, aunque éste último carece de facultades para actuar, pero que según presumió estará pendiente para colaborar en los trámites de quienes busquen promover un recurso.

Muñoz Moreno y Rangel de Lira coincidieron en establecer la gravedad que representa el hecho de que Ccapama se comporte como una instancia jurídica en defensa de la concesionaria de aguas; además aseveraron que la misma tiene la solvencia suficiente para hacer frente al impedimento de realizar cortes al servicio, sin tener que recurrir.

Mientras que el ombudsman estatal afirmó que no hay justificación para que Caasa presente amparos ante la ley o solicite la suspensión de ésta, ya que enfatizó, la norma es de carácter público y orden social. Sentenció que dadas las modificaciones, los involucrados están facultados para revisar el título de concesión y poder evaluar una posible revocación.


24 de julio de 2015
Fuente: La Jornada Aguascalientes
Nota de José Fermín Ruiz Esparza Muñoz

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