CONAGUA, lanza convocatoria para que organizaciones de Derechos Humanos puedan participar como observadores en el proceso de consulta en Valles Centrales de Oaxaca

09 noviembre 2015

La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca considera importante esta acción, que obedece a los principios y contenido del protocolo de consulta indígena elaborado por diversas instituciones entre ellas, este organismo defensor.

Aun cuando el proceso se encuentra en la segunda fase de la consulta indígena, la Defensoría del Pueblo de Oaxaca considera que la difusión de la convocatoria no puede retrasarse más para favorecer la participación de observadores en las subsecuentes actividades que se desarrollaran en las comunidades de Ocotlán de Morelos y Zimatlán de Álvarez.

La presencia de observadores, señala la Defensoría, permitirá visibilizar y exigir el respeto de los derechos humanos de los pueblos y comunidades indígenas sujetos de consulta, y en este sentido se podrá ver fortalecido el proceso.

En cumplimiento a la resolución emitida por la Primera Sala Metropolitana del Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa con residencia en el Distrito Federal, comenzó el proceso de consulta y consentimiento a comunidades indígenas de los Distritos de Ocotlán y Zimatlán para valorar la procedencia de la modificación del decreto de veda establecido por tiempo indefinido para el alumbramiento de aguas del subsuelo en el Valle de Oaxaca;

La Defensoría del Pueblo de Oaxaca, en su calidad de órgano garante del proceso de consulta, valora la importancia de esta convocatoria y por ello se permite darle la más amplia difusión, esperando una participación nutrida de quienes han exigido durante largo tiempo el respeto de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas.

El proceso de consulta indígena constituye un hecho sin precedente en el estado, por lo que la Defensoría, como órgano garante, ha propuesto y exigido ante las instancias participantes observar los más altos estándares de derechos humanos, reconocidos a favor de los pueblos y comunidades indígenas.

TEXTO ÍNTEGRO DE LA CONVOCATORIA

CONVOCATORIA

En cumplimiento a la resolución emitida por la Primera Sala Metropolitana del Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa con residencia en el Distrito Federal, se ha iniciado un proceso de consulta y consentimiento a comunidades indígenas de los Distritos de Ocotlán y Zimatlán para valorar la procedencia de la modificación del decreto de veda establecido por tiempo indefinido para el alumbramiento de aguas del subsuelo en el Valle de Oaxaca;

Una vez concluida la fase de “acuerdos previos” en la que fue aprobado el “Protocolo para la implementación del proceso de consulta indígena y consentimiento previo, libre e informado…”, se incorporó como uno de los Actores del proceso a quienes se han denominado como Observadores.

De acuerdo al mencionado Protocolo de Consulta, los Observadores: son todas aquellas organizaciones de la sociedad civil, defensores de derechos humanos, y tienen la facultad de opinar, sugerir, visibilizar y demandar el respeto de los derechos humanos dentro del proceso de la consulta indígena.

Por ello y con fundamento en lo establecido por los artículos 1º y 2º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el artículo 1, numeral 1, 2 y 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; los artículos 3, 19, 28, 29 y 32, de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos indígenas; y los artículos 6, 7, 15 y 17, del Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de la Organización Internacional del Trabajo, la Comisión Nacional del Agua, en su calidad de Autoridad Responsable; la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, en su calidad de Órgano Técnico; la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, en su calidad de Órgano Garante; las instancias integrantes del Comité Técnico Asesor de dicho proceso de consulta, en coordinación con las comunidades sujetos de la consulta, nos permitimos,

C O N V O C A R

A todas aquellas organizaciones de la sociedad civil, defensoras y defensores de derechos humanos, para que asistan y participen como observadores en el PROCESO DE CONSULTA INDÍGENA Y CONSENTIMIENTO, PREVIO, LIBRE E INFORMADO SOBRE LA MODIFICACIÓN DEL DECRETO QUE ESTABLECE VEDA POR TIEMPO INDEFINIDO PARA EL ALUMBRAMIENTO DE AGUAS DEL SUBSUELO EN LA ZONA CONOCIDA COMO VALLE DE OAXACA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 25 DE SEPTIEMBRE DE 1967, que se llevan a cabo en los distintos Municipios y Agencias municipales de los Distritos de Ocotlán de Morelos y Zimatlán Álvarez, en la Región de los Valles Centrales del Estado de Oaxaca. Las próximas asambleas informativas se realizarán en: Explanada municipal de San Pedro Apóstol, Oax., el día 7 de noviembre de 2015 a partir de las 16:00 horas y en la Explanada Municipal de Santiago Apóstol, Oax., el día 14 de noviembre de 2015 a partir de las 10:00 horas.

Para mayor información comunicarse al teléfono (951) 50 22 450 del Organismo Pacifico Sur de la Comisión Nacional del Agua.

Por el Comité Técnico Asesor del Proceso de Consulta.

Comisión Nacional del Agua; Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas; Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca; Comisión para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de México; Secretaría de Medio; Ambiente y Recursos Naturales; Secretaría de Gobernación; Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; Comisión Federal de Electricidad; Secretaría de Asuntos Indígenas del Gobierno del Estado de Oaxaca; Secretaría General de Gobierno del Estado de Oaxaca; Comisión Estatal del Agua

MIGUEL CALDERÓN ARÁMBULA
DIRECTOR GENERAL
ORGANISMO DE CUENCA PACÍFICO SUR
COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA

Oaxaca de Juárez, 30 de octubre de 2015


06 de noviembre del 2015

Fuente: Aser – Litigio A.C. 

 

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