Iniciativa Ciudadana de la Ley General de Aguas: Nuevos instrumentos para la protección y defensa socio-hídrico-ambiental

19 mayo 2014

 

Esta Iniciativa aspira a una ley que aborde el ciclo del agua de manera integral y que se priorice y respete el “agua para la vida”.

Como resultado de una reflexión colectiva, se proponen instrumentos nuevos de defensa y contraloría. Uno de los más importantes es el Dictamen de Impacto Sociohídrico, que sería requisito para la autorización de nuevas concesiones de agua, y de obras y/o actividades sujetas a evaluación de impacto. Sería emitido por un panel de especialistas sin conflictos de interés, nombrados por el Consejo de Cuenca. Para lograr un dictamen favorable para la autorización del proyecto u obra, se tendría que demostrar que no pondría en riesgo el derecho humano al agua de las actuales o futuras generaciones. Este dictamen también requeriría constatar el consentimiento libre, previo e informado de la población local y del Consejo de Cuenca.

Las Áreas de Importancia Hídrica son las zonas de veda, de reserva y de protección; las zonas de recarga; las planicies de inundación; los sitios Ramsar (Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hábitats de Aves Acuáticas), y otros humedales y ecosistemas que realicen un papel vital en el funcionamiento hidrológico de la cuenca. Serían delimitadas en el Plan Rector de la cuenca, y su protección y buen manejo serían obligatorios en los planes de desarrollo urbano y ordenamientos ecológicos.

Las concesiones de agua servirían también como instrumento de control y sanción, pues serían sujetas a renovación anual y a la comprobación de que el usuario haya cumplido cabalmente con la normatividad ambiental y los condicionantes de su concesión.

La Declaración de Cuenca en Estrés Hídrico permitiría al Consejo de una cuenca que estuviera sufriendo problemas crónicos de escasez, inundaciones, contaminación, sobreexplotación, grietas y/o hundimientos, declarar moratoria a la autorización de nuevos proyectos de expansión urbana hasta que haya podido recuperar el equilibrio hídrico.

La Defensoría Socio-Hídrico-Ambiental sería el abogado de interés público, accesible a los ciudadanos afectados, pagado con recursos públicos derivados de una tarifa aplicada a concesiones a aguas nacionales para usos no prioritarios (fines de lucro), para la defensa y el asesoramiento de cualquier ciudadano y comunidades o pueblos indígenas, ejidos y colonos, que requieran una asesoría especializada gratuita para la defensa y protección de los recursos hídricos.


17 de mayo de 2014
Fuente: La Jornada del campo
Nota de Raquel Gutiérrez Nájera (Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades de la Universidad de Guadalajara. Instituto de Derecho Ambiental)

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