El Poder Judicial y la protección del ambiente

25 julio 2017

22 de julio de 2017
Fuente: El Universal
Nota: Gustavo Alanís Ortega

Pese a haber presentado argumentos jurídicos y técnicos sólidos solicitando la protección de la justicia en la defensa del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano (PNSAV) en contra del proyecto de ampliación del Puerto de Veracruz, el Poder Judicial en Veracruz se ha negado hasta el momento a reconocer los daños ambientales del proyecto, así como la violación del derecho a un medio ambiente sano de las demandantes.

En diciembre de 2016, al haber interpuesto una demanda de amparo, habitantes de la región solicitaron la suspensión de las obras de ampliación del Puerto de Veracruz, exclusivamente de aquellas que pudieran ocasionar un daño irreversible al Sistema Arrecifal Veracruzano (SAV). El caso es muy importante y establece un precedente relevante en materia de derecho ambiental, pues aborda la forma en la que deben ser evaluados los proyectos de desarrollo en materia de impacto ambiental. Esos proyectos deben ser presentados de manera completa y no fragmentada para poder evaluar el impacto integral que tendrán los mismos sobre las zonas en donde se pretenden ejecutar y sus habitantes. Asimismo, las manifestaciones de impacto ambiental deben ser elaboradas siempre con la mejor información científica disponible.

Sin embargo, el 21 de abril de 2017, un juez de Distrito resolvió negar la suspensión definitiva, en tanto consideró que las quejosas “no habían demostrado tener un interés legítimo para solicitarla”, es decir, no acreditaron tener una afectación real, actual y objetivamente apreciable en su esfera jurídica. Además, consideró que “detener una obra como la ampliación del puerto de Veracruz, evidentemente iría en contra del interés social y orden público que impulsó al Estado mexicano a su realización en beneficio de la economía y la población”.

Esta visión del juez no toma en cuenta que el proyecto de ampliación del puerto de Veracruz afecta el interés de la población, puesto que conlleva impactos ambientales graves en contra de un ecosistema fundamental para garantizar no sólo la preservación de las actividades económicas, las tradiciones culturales y la calidad de vida, sino la sobrevivencia de los habitantes de Veracruz, toda vez que el arrecife presta tales servicios ambientales, que hacen posible la vida y las actividades que se llevan a cabo en el Puerto.

No obstante lo anterior, vale la pena resaltar que el pasado 9 de junio, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito admitió el recurso de revisión presentado por las demandantes, en contra de la negativa a otorgar la suspensión definitiva del proyecto.

A fin de demostrar las afectaciones que las obras de ampliación del Puerto de Veracruz ocasionarán al derecho a un medio ambiente sano de las demandantes, se ofrecieron pruebas periciales realizadas por expertos en temas específicos, las cuales buscan allegar al juez mayores elementos técnicos y científicos que le permitan tomar una decisión bien fundamentada. Particularmente, se ofrecieron las periciales con la finalidad de determinar (i) los impactos ambientales que el proyecto de ampliación del puerto de Veracruz tendrá en relación con el arrecife de La Loma, y (ii) los impactos acumulativos que el proyecto de referencia tendrá en la región.

A pesar de todo ello, mediante acuerdo de 3 de julio, el juez desechó tales pruebas, considerando que éstas no están encaminadas a demostrar el interés legítimo de las quejosas para acudir al amparo. Al desechar las pruebas periciales, no se podrán analizar las posibles irregularidades al otorgar las autorizaciones de impacto ambiental (AIAs) para la ampliación del Puerto de Veracruz. Una de las principales irregularidades que argumentan las quejosas es que el proyecto se presentó de forma fragmentada en por los menos 14 partes, evaluadas y autorizadas sin considerar todos los impactos acumulativos y sinérgicos. Además, se omitió manifestar y evaluar la existencia de un arrecife de coral no emergido muy grande e importante, localizado a 500 metros de distancia de la entrada del nuevo puerto.

Por lo anterior, el pasado 13 de julio se presentó recurso de queja, argumentando que, justamente, las pruebas periciales buscan comprobar los posibles impactos acumulativos de la (fragmentada) ampliación del Puerto de Veracruz y en específico del arrecife de La Loma, que no fue considerado en la Evaluación de Impacto Ambiental. El Poder Judicial está jugando cada vez más en nuestro país un papel fundamental en materia ambiental y se espera que en esta caso no sea la excepción.

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