México: Agenda de sustentabilidad: 5) Agua (El Economista)
09 marzo 20189 de marzo del 2018
Fuente: El Economista
Nota por Gabriel Quadri De La Torre
El agua adquiere un significado muy especial en virtud de su escasez, de tener usos competitivos en diversas actividades económicas y de ser satisfactor humano esencial (incluso como derecho humano), además de constituir un elemento vital para ecosistemas acuáticos. Es un bien público o recurso común en su estado original, monopolio natural en redes de distribución y bien privado en las tomas de consumidores. Exige una compleja institucionalidad y mecanismos eficaces de regulación.
El derecho humano al agua está consagrado en el Artículo 4° Constitucional, aunque no se ha precisado de manera práctica. Esto debe hacerse en la legislación y en políticas públicas, no en términos de una absurda gratuidad, sino de un servicio público eficiente y de calidad, de integridad ambiental de ecosistemas acuáticos, de viabilidad financiera de los sistemas de agua y de acceso a la información. Recordemos que el agua en México es consumida primordialmente (en 75%) por el riego agrícola, en 12% por los servicios públicos en las ciudades y el resto por industrias y servicios no conectados a redes municipales.
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