España ante el Tribunal de Justicia de la UE por infringir normas de medio ambiente
17 junio 201117 de junio de 2011
Fuente: iAgua.es
La Comisión Europea va a llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE por haber infringido dos normas del Derecho de la UE en materia de medio ambiente.
En el primer asunto, España no garantiza el tratamiento correcto de las aguas residuales procedentes de aglomeraciones de más de 10 000 habitantes que se vierten en zonas sensibles. La falta de sistemas de tratamiento adecuado, que deberían existir desde 1998, representa un riesgo para la salud humana, las aguas continentales y el medio marino. La lentitud de los avances registrados por España ha llevado a la Comisión, previa recomendación de Janez Poto?nik, Comisario europeo de Medio Ambiente, a llevar el asunto ante el Tribunal de Justicia de la UE.
En el segundo asunto, España no ha presentado a la Comisión sus planes de gestión de las cuencas hidrográficas. Esos planes, que debían adoptarse el 22 de diciembre de 2009 a más tardar, son esenciales para alcanzar el objetivo de la UE de un buen estado de las aguas europeas para 2015. Hasta ahora, España ha adoptado solo un plan, por lo que la Comisión va a llevar a ese país ante el Tribunal de Justicia de la UE.
Aguas residuales urbanas
Según la legislación de la UE sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas, las aglomeraciones de más de 10 000 habitantes tenían que disponer de sistemas de recogida y tratamiento de sus aguas residuales para 1998. Los Estados miembros tienen que garantizar que el agua que entre en los sistemas de recogida se someta a un tratamiento que se ajuste a las normas de calidad más rigurosas (el llamado tratamiento terciario) para eliminar los nutrientes antes de su vertido en zonas sensibles desde el punto de vista medioambiental.
En España, al menos 39 ciudades de ese tamaño de todo el país vierten sus aguas residuales urbanas en zonas sensibles o potencialmente sensibles desde el punto de vista medioambiental sin un tratamiento adecuado. La Comisión envió a España un dictamen motivado el 1 de diciembre de 2008 instándola a cumplir los requisitos de la Directiva (véase IP/08/1802). España ha registrado progresos desde entonces, pero transcurridos trece años desde el final del plazo, su cumplimiento global sigue siendo deficiente, por lo que la Comisión ha decidido llevar este asunto ante el Tribunal de Justicia de la UE.
La Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas dispone que los Estados miembros deben garantizar que las aglomeraciones (ciudades, urbanizaciones, etc.) recojan y traten correctamente sus aguas residuales urbanas. Las aguas residuales no tratadas pueden quedar contaminadas por bacterias y virus nocivos y representar, por lo tanto, un riesgo para la salud pública. También contienen nutrientes como el nitrógeno y el fósforo, que pueden dañar el agua dulce y el medio marino al facilitar el crecimiento excesivo de las algas, las cuales impiden el desarrollo de otros seres vivos, en un proceso denominado eutrofización.
Planes hidrológicos de cuenca
La Directiva Marco del agua de la UE dispone la publicación por los Estados miembros de planes hidrológicos para cada cuenca fluvial el 22 de diciembre de 2009 a más tardar. España debe adoptar 25 planes en total, pero solo ha adoptado y notificado uno hasta ahora (el Plan de gestión del Distrito de Cuenca Fluvial de Cataluña).
Pese a apercibimientos anteriores (véase IP/11/91), como los planes no se han adoptado todavía casi un año y medio después de acabado el plazo, la Comisión ha decidido llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE.
El retraso en la presentación de los planes hidrológicos de cuenca pone en peligro el objetivo de la Directiva Marco del agua, que es conseguir su buen estado ecológico y químico para 2015. Según la clasificación de la Directiva, el «buen estado» se define como un ligero desvío respecto a las normas de referencia que refleje la inexistencia o el escaso grado de presión humana en lo relativo a la abundancia de flora y fauna acuáticas, la disponibilidad de nutrientes, los niveles de salinidad y temperatura y la presencia de contaminantes químicos preocupantes. Los planes hidrológicos de cuenca aportan una perspectiva global de los principales problemas de cada cuenca hidrográfica y deben constar de las medidas concretas necesarias para conseguir los objetivos de calidad medioambiental.
En abril de 2011, la Comisión decidió llevar a otros cuatro Estados miembros (Bélgica, Dinamarca, Grecia y Portugal) ante el Tribunal por no haber adoptado sus planes hidrológicos de cuenca