Identifica la CNDH violaciones al derecho al agua en Puebla

25 junio 2017

25 de Junio 2017
Fuente: e-consulta.com
Nota: Patricia Méndez

Puebla es la segunda entidad del país en donde más recomendaciones para garantizar el derecho al agua ha emitido el organismo de 2013 a 2015.

Foto tomada de e-consulta.com

Puebla es la segunda entidad del país con más recomendaciones hechas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) por presuntas violaciones al derecho al agua, con un total de ocho acciones emitidas entre 2013 y 2015.

Así lo expuso el organismo nacional en su reporte “Ciudades sostenibles y derechos humanos”, el cual elaboró en coordinación con la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

Entre sus conclusiones, la Comisión destacó que la sustentabilidad en las ciudades aún es una tarea pendiente, pues es necesario mejorar la movilidad urbana sostenible que contemple al peatón, al ciclista y los sistemas de transporte público eficientes.

“Las políticas ambientales y de eficiencia energética también deben estar presentes en los criterios de ciudades sustentables y resilientes al cambio climático”, dice en el documento.

Advirtió que es necesaria la transferencia de mayores responsabilidades de gestión y administración urbana a los gobiernos locales, ya que las acciones públicas en la materia no se han adecuado a los cambios en economía, territorio, sociedad y política.

Suma Puebla 8 recomendaciones por vulnerar el derecho al agua

Según las cifras del reporte, Puebla es la segunda entidad del país en donde más recomendaciones para garantizar el derecho al agua ha emitido durante el periodo de 2013 a 2015, al sumar ocho procedimientos.

La primera entidad es Tabasco con 18 acciones, aunque estas se dieron a conocer entre 2010 y 2013.

Entre los casos sobre posibles vulneraciones al derecho al agua, destaca el caso de una recomendación dirigida a la Secretaría de Infraestructura ante una queja por falta de respuesta a una solicitud de intervención para atender un problema de contaminación.

Otro caso es el referente a la omisión de una autoridad municipal para supervisar y corregir el funcionamiento de plantas de tratamiento de aguas residuales y contaminación del medio ambiente, como ocurrió en la barranca “El Águila”, en donde se solicitó sanear el cauce pues en este vierten las aguas provenientes de descargas de uso urbano y doméstico de Tepeaca.

La CNDH solicitó mediante esa recomendación “adoptar” un mecanismo de prevención para evitar que las aguas residuales sin tratamiento se conduzcan hacia los campos de cultivo, iniciar el procedimiento administrativo de investigación correspondiente en contra de los servidores públicos del Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado del municipio, rehabilitar la planta de tratamiento de aguas residuales y las lagunas de oxidación.

Otra recomendación tiene que ver con la contaminación de una parcela con aguas negras por desperfectos del drenaje en una parcela de Tlachichuca, del que se señala como responsable a la autoridad municipal, por lo que se emitieron recomendaciones para reparar los daños, la tubería del drenaje localizado en el acceso al predio, efectuar el manejo adecuado de las aguas residuales para la mitigación de los daños de medio ambiente, así como brindar capacitación relativa al respeto de los derechos humanos al personal encargado de los sistemas de sanidad ambiental del municipio.

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