Boletín: Guadalajara: Evidencia la CEDHJ el área de influencia por la contaminación en el río Santiago y lago de Chapala (Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco)

08 febrero 2021 Agua

8 de febrero del 2021
Fuente: cedhj.org.mx

La Comisión pide a las autoridades mexicanas transparencia en su respuesta a la resolución 07/2020 de la CIDH.

Se generaron parámetros técnicos consensuados para dimensionar la vulnerabilidad, riesgo e impacto en las localidades, ante la contaminación.

La polución por industria revela un impacto casi cuatro veces superior al generado por la rama agrícola y 30% más alto que los efectos de la contaminación urbana.

La Comisión propone el análisis de una declaración de moratoria para contener el crecimiento del sector industrial en El Salto, Juanacatlán, Poncitlán y Tonalá.

Inéditamente, víctimas, personas defensoras de derechos humanos, academia y autoridades públicas en Jalisco definieron condiciones técnicamente evaluables de vulnerabilidad, riesgo e impacto asociadas a la contaminación en el río Santiago y lago de Chapala, para poblaciones reconocidas en la medida cautelar 708-19 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), emitida hace un año al Estado mexicano.

La evaluación, bajo tales parámetros, exhibe actualmente afectaciones territoriales en El Salto, Juanacatlán, Poncitlán y Tonalá.

La Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ) emitió el informe especial “Área de influencia por los contaminantes primarios presentes en el río Santiago y lago de Chapala”, donde se detalla el ejercicio de gobernanza que posteriormente delimitó la investigación y los hallazgos de la defensoría. A través del análisis de 67 indicadores se demuestra el grado de efecto por la polución en 149 localidades, de los cuatro municipios mencionados.

Entre los hallazgos, el informe especial destaca cómo el impacto generado por la actividad industrial es superior respecto al resto: el daño territorial tangible por las actividades de transformación es 237% más alto que el provocado por labores agropecuarias (casi cuatro veces), y 30 % mayor que en el caso de las urbanas.1 Así, la CEDHJ propone el análisis de una declaración de moratoria para contener el crecimiento del sector industrial en El Salto, Juanacatlán, Poncitlán y Tonalá.

También la investigación detalla la existencia de 13 localidades de Poncitlán, que colindan con el lago de Chapala y presentan altos grados de vulnerabilidad e impacto, que no se encuentran incluidas en la actuación cautelar interamericana. La misma situación se demuestra con las localidades de Tololotlán y Puente Grande, en Tonalá.

El 27 de enero de 2009, la CEDHJ emitió la Recomendación 1/2009 por violación de los derechos humanos a la salud y a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado, debido a la contaminación del río Santiago. Se dirigieron cien puntos recomendatorios al Ejecutivo estatal; 68 a Guadalajara, Zapopan, Tlaquepaque, Tonalá,

Tlajomulco de Zúñiga, El Salto, Juanacatlán, Ixtlahuacán de los Membrillos, Chapala, Poncitlán, Ocotlán, Tototlán, Atotonilco el Alto y Arandas; 13 a la Comisión Estatal del Agua; y 24 al SIAPA.

Desde entonces, la problemática se ha complicado, sumando víctimas de la contaminación. Añadiéndose también actualizaciones al conflicto.

El 5 de febrero de 2020, la CIDH emitió la Resolución 7/2020, con la medida cautelar 708-19, en la que solicitó las medidas necesarias para preservar la vida, integridad personal y salud de los pobladores de las zonas hasta 5 kilómetros del río Santiago en los municipios de Juanacatlán y El Salto, así como los pobladores de las localidades de San Pedro Itzicán, Agua Caliente, Chalpicote y Mezcala, en el municipio de Poncitlán. Esto, al encontrar a primera vista (prima facie), una situación de gravedad y urgencia en la zona.

A un año de la intervención interamericana y ante los hallazgos científicos del informe especial, la CEDHJ pide a la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración del gobierno de la república, que divulgue cuál ha sido la actuación del Estado mexicano al respecto.

También, la defensoría requiere a las autoridades en Jalisco que manifiesten públicamente cuál ha sido su participación para atender la actuación cautelar.

Además de la propuesta de realizar estudios que lleven al análisis de una eventual declaración de moratoria para contener el crecimiento del sector industrial en El Salto, Juanacatlán, Poncitlán y Tonalá, la CEDHJ solicita al gobierno estatal:

  • Garantice la participación plena de personas defensoras de derechos humanos, víctimas, pueblos y comunidades indígenas en la estrategia pública integral para la recuperación del río Santiago.

  • Divulgue de forma permanente el resultado de los monitoreos de contaminantes presentes en el lago de Chapala y río Santiago, derivados de lixiviados y contaminantes provenientes de los sectores agropecuarios, industriales y urbanos.

  • Consolide el Registro Estatal Único de Descargas y Aportes Contaminantes (REUDAC) y publique de forma accesible y asequible la información generada, garantizando su formato como datos públicos y de libre acceso.

  • Incluya, en la estrategia pública integral para la recuperación del río Santiago, la restauración fluvial del cuerpo de agua.

  • Concrete el cierre programado del relleno sanitario Los Laureles, en consideración con la Recomendación

    18/2020 emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ).

  • Utilice los hallazgos y metodología del presente informe especial para generar una estrategia de atención

    sanitaria y medicina preventiva hacia las y los habitantes con afectación.

  • Utilice los hallazgos y metodología del presente informe especial para revisar la pertinencia de iniciar con

    procesos de reparación integral del daño en los casos de las personas que solicitan el reconocimiento de la condición de víctima ante los posibles efectos causales de la contaminación del río Santiago y lago de Chapala.

    La metodología

    El informe especial “Área de influencia por los contaminantes primarios presentes en el río Santiago y lago de Chapala” es una investigación que evidencia la afectación causada por tres principales fuentes de contaminación puntual antropogénica: actividades urbanas, industria y sector agropecuario. Éstas, analizadas desde tres aspectos:

1) Territorios que se encuentran en riesgo por los efectos de la polución (factores que implican probabilidad de daño en un área);

  1. 2)  Territorios en los que se evidencia un impacto (afectación actualmente tangible);

  2. 3)  Territorios cuya población se encuentra en condiciones de vulnerabilidad (elementos de susceptibilidad social y ambiental).

Al conjuntar dichas perspectivas se generan 16 formas de entender la afectación territorial por la polución en el río Santiago y lago de Chapala.

Tanto los indicadores como la información para dimensionar los efectos de la contaminación se obtuvieron a partir de un ejercicio multisectorial y transdisciplinario encabezado por la CEDHJ, con participación de víctimas, habitantes, personas agricultoras, personas defensoras de derechos humanos, académicos del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA), Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP), Universidad de Guadalajara (UdeG), Centro de Investigación y Asistencia en Tecnología y Diseño del Estado de Jalisco (CIATEJ), así como de autoridades de los tres niveles de gobierno.

Si bien el informe especial se desarrolló en el contexto de la actuación de la CIDH, debido a razones metodológicas e información preliminar recabada en campo por la CEDHJ, además de estudiar la afectación en El Salto y Juanacatlán, la investigación consideró de forma íntegra al municipio de Poncitlán y se incluyó el análisis de la influencia en las localidades de Tololotlán y Puente Grande, en Tonalá.

Los indicadores generados conjuntan una propuesta consensuada para dimensionar la afectación por contaminación, utilizable y replicable para las autoridades.

Los resultados

La afectación global por los contaminantes es particularmente más alta en las localidades Puente Grande, Tonalá (84.64%); Centro, El Salto (84.56%); Centro, Juanacatlán (84.50%); y Centro, Poncitlán (77. 05%).

Los alcances de la contaminación por la actividad industrial se caracterizan por influir de forma significativa en la zona sur de Juanacatlán.

Esta misma situación se presenta en la frontera sur de El Salto (en colindancia con el Canal del Ahogado), la zona limítrofe entre Juanacatlán y El Salto (particularmente en la zona de la cascada), así como Tololotlán y Puente Grande, en Tonalá. En Poncitlán, la influencia por contaminación industrial se evidencia principalmente en la cabecera municipal y las localidades de San Jacinto, Santa Cruz el Grande, Cuitzeo, San Pedro Itzicán y Casa Blanca; en esta última se pretende la instalación de una terminal de combustibles.

La ubicación del corredor industrial de El Salto presenta una congruencia geográfica con la identificación del impacto en las localidades. Incluso se comprueba que todas las poblaciones consideradas en la actuación cautelar de la CIDH presentan un daño alto, ya materializado.

De conformidad con la investigación para la valoración de los indicadores utilizados en la delimitación técnica, es necesario reconocer la magnitud del impacto industrial y ampliar la perspectiva de que la polución proveniente del sector primario de la economía trasciende a los residuos de actividades como cría y explotación de animales, o de la elaboración de bebidas destiladas de agave que llegan al río.

También resalta la necesidad de discutir públicamente la implicación del uso de agroquímicos en El Salto, Juanacatlán y Tonalá, así como en la cuenca del río Zula y la consideración de la cadena de consumo de productos agrícolas cultivados en el área de estudio e irrigados con aguas contaminadas y posteriormente comercializados en otras poblaciones.

A pesar de que la contaminación existente en el río Santiago y lago de Chapala es una problemática histórica, la CEDHJ encontró ausencias importantes en la información pública y aún en la requerida de forma institucional a las autoridades.

Para más información en: cedhj.org.mx

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